Transporte internacional
Tabla de contenido
Algunas normas que regulan el transporte internacional
1. Convenio sobre Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (CMR)
Se trata de un Convenio que se aplica como su nombre lo indica al contrato de transporte de mercancías por carretera realizado a título oneroso por medio de vehículos, cuando el lugar de la toma de carga de la mercancía y el lugar previsto para la entrega del destinatario, estén situados en dos países diferente.
Adicional a esto, en este Convenio se contempla que el contrato de transporte se constatará por medio de una Carta de Porte. Sin embargo, la ausencia, irregularidad o pérdida de este documento no afectará la existencia ni validez del contrato de transporte, que continuará estando sometido a las disposiciones de este Convenio (Artículo 4).

Información que debe contener la Carta de Porte
Lugar y fecha de su redacción
Nombre y domicilio del remitente
Nombre y domicilio del transportista
Lugar y fecha de la toma de carga de la mercancía y lugar previsto para la entrega
Nombre y domicilio del destinatario
Denominación corriente de la mercancía y del modo de embalaje, así como denominación generalmente reconocida de la mercancía, si esta es peligrosa
Número de paquetes, sus números y marcas
Cantidad de mercancías, expresada en peso bruto o de otra manera
Gastos relativos al transporte (precio, gastos accesorios, derechos de aduana y otros gastos que conlleven desde la conclusión del contrato hasta el momento de entrega de la mercancía)
Instrucciones exigidas por las formalidades de aduana y otras
Indicación de que el transporte está sometido, aunque se haya estipulados lo contrario, al régimen establecido por este Convenio.
Además, puede contener
Prohibición de transbordo
Lista de documentos entregados al transportista
Plazo convenido en que el transporte ha de ser efectuado
Instrucciones del remitente al transportista concernientes al seguro de la mercancía
Valor declarado de la mercancía y la suma que representa el interés especial en la entrega
Suma de reembolso a percibir en el momento de la entrega de la mercancía
Gastos que el remitente toma a su cargo
2. Convenio Internacional para la Unificación de Ciertas Reglas sobre los Contratos de Transporte Marítimo de Mercancías (Reglas de Hamburgo, 1978)
Convenio aprobado por la conferencia diplomática el 31 de marzo de 1978, el cual entró en vigencia el 1 de noviembre de 1992, con el propósito de establecer un régimen jurídico uniforme para las obligaciones y derechos de los cargadores, porteadores y consignatarios que se encuentran vinculados a un contrato de transporte marítimo de bienes.
Por lo cual, moderniza y equilibra la distribución de responsabilidades entre los cargadores y porteadores, junto con la superación de las deficiencias existentes en las “Reglas de la Haya” las cuales se concebían como obsoletas y favorecedoras de los porteadores.

Actores concebidos en este convenio
Porteador:
Persona que celebró un contrato de transporte marítimo de mercancías con un cargador.

Porteador efectivo:
Persona a la que el porteador le encomendó la ejecución del transporte de las mercancías o una parte del transporte de estas.

Cargador:
Persona que celebró un contrato de transporte marítimo de mercancías con un porteador.

Consignatario:
Persona autorizada para recibir las mercancías.

Ámbito de aplicación del Convenio
Las “Reglas de Hamburgo” se aplicarán a todos los contratos de transporte marítimo entre Estados diferentes cuando:
Adicional a esto, las disposiciones de este contrato de aplicarán sin importar la nacionalidad del buque, del porteador, del porteador efectivo, del cargador, del consignatario o de cualquier otra persona interesada.
De igual manera, cuando un contrato prevea el transporte de bienes en embarques sucesivos durante un plazo determinado, se aplicarán las disposiciones de este contrato. Sin embargo, en caso de que un embarque se realice en virtud de un contrato de fletamento, las disposiciones de este Convenio se aplicarán solo cuando se emita un conocimiento de embarque en cumplimiento de este contrato.
3. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías (Reglas de Rotterdam, 2008)
Convenio adoptado en el 2008, pero que no ha entrado en vigor, debido a que requiere como mínimo la adhesión de 20 países y hasta el momento solo cuenta con 5 estados miembros, que son: Benín, Camerún, Congo, España y Togo.
Este Convenio pretende establecer un régimen legal moderno y uniforme que regula los derechos y obligaciones de cargadores, porteadores y destinatarios vinculados en un contrato de transporte puerta a puerta, que incluya un tramo internacional por vía marítima.
Modernizando antiguos convenios que regían el transporte internacional de bienes por vía marítima, principalmente el “Convenio internacional para la unificación de ciertas reglas en materia de conocimientos de embarque (“Reglas de la Haya”, Bruselas, 25 de agosto de 1924), sus protocolos (“Reglas de la Haya – Visby”) y el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías (“Reglas de Hamburgo”, 1978).

Se trata de un Convenio en el que se establecen las obligaciones claras del cargador, porteador y destinatario, junto con los límites y exoneraciones de responsabilidad en caso de daños, pérdidas o retrasos; junto con disposiciones sobre jurisdicción y arbitraje para la resolución de disputas.
El cual, se aplicaría a todo contrato de transporte cuando el lugar de recepción y de entrega estén en Estados diferentes o cuando el puerto de carga y de descarga del mismo transporte se encuentren en diferentes Estados, siempre que, en el contrato de transporte, alguno de los siguientes lugares se encuentre en un Estado Contratante:
Lugar de recepción

Puerto de carga

Lugar de entrega

Puerto de descarga

Este Convenio se aplicará sin importar la nacionalidad del buque, del porteador, del cargador, del destinatario, de las partes ejecutantes o cualquier persona interesada.
Este Convenio no aplicará a:
Las “Reglas de Hamburgo” se aplicarán a todos los contratos de transporte marítimo entre Estados diferentes cuando:
Contratos de fletamento
Contratos para la utilización de un buque o cualquier espacio a bordo de un buque
Este Convenio se aplicará sin importar la nacionalidad del buque, del porteador, del cargador, del destinatario, de las partes ejecutantes o cualquier persona interesada.
4. Convenio Internacional sobre la Seguridad de los Contendores (CSC)
Debido al incremento de la implementación de contenedores para el transporte de mercancías por vía marítima, en 1972, la Organización Marítima Internacional (OMI) en colaboración con la Comisión Económica para Europa, desarrollaron una conferencia en la que se aprobó este Convenio. El cual, pretende mantener un nivel alto de seguridad de la vida humana en el transporte y la manipulación de los contenedores, por medio del establecimiento de procedimientos de prueba y prescripciones conexas de resistencia.
Además, propende por la facilitación del transporte internacional de contenedores por medio del establecimiento de reglas de seguridad internacionales uniformes, aplicables a todos los modos de transporte de superficie.
Es decir, se trata de un Convenio que establece normas para garantizar la seguridad de contenedores en el transporte terrestre y marítimo (no aplica para los contenedores implementados en el transporte aéreo).
Algunos propósitos del Convenio
Por lo anterior, los contendores deberán llevar una placa de seguridad CSC, en la que se incluye información sobre el fabricante, la fecha de fabricación, el peso máximo y la certificación de resistencia estructural. La cual, deberá estar fija en un lugar visible del contenedor.

Por otra parte, es importante considerar que, de acuerdo con la Convención, los contenedores deberán ser inspeccionados antes de los 5 años de su fabricación y posteriormente cada 30 meses como mínimo.
Los Estados miembros de la OMI serán los responsables de implementar y supervisar el cumplimiento del Convenio dentro de sus jurisdicciones.
Nota. Esta Convención presentó algunas modificaciones den 1981 y 1993, como respuesta a su adaptación a las nuevas prácticas operativas y tecnologías.
Nota. Este convenio entro en vigencia a partir del 6 de septiembre de 1977.
5. Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas Relativas al Transporte Aéreo Internacional (Convenio de Varsovia, 1929)
El Convenio de Varsovia entro en vigor el 13 de febrero de 1933, este se aplica al transporte internacional de mercancías, personas y equipaje, a cambio de una remuneración, en aeronave y de igual manera a los transportes gratuitos realizados por empresas de transportes aéreos.

Títulos de transporte establecidos en este Convenio
6. Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago, 1944)
También conocido como “Convenio de Chicago”, es un Convenio firmado el 7 de diciembre de 1944 por 54 naciones, en el que se establecen las bases para la regulación de la aviación civil internacional, por medio de la promoción de la cooperación y garantizando la uniformidad de los estándares del sector; junto con la creación de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). La cual, tiene como propósito brindar ayuda a los Estados para alcanzar niveles más altos de uniformidad en la reglamentación, normas, procedimientos y organización de la aviación civil.
Fue un Convenio creado con el propósito de establecer las normas y procedimientos de la navegación aérea mundial en momentos de paz, donde se establece como principal objetivo que la aviación civil internacional debe realizarse de forma segura y ordenada y que los servicios brindados en el marco del transporte aéreo deben darse sobre la base de igualdad de oportunidades.
Se trata de un Convenio que propende por fomentar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional; el establecimiento de normas uniformes para la navegación aérea; y la promoción de la cooperación entre los Estados para evitar conflictos e impulsar la paz.
Este Convenio aplicará solamente a aeronaves civiles.
En este se establece que todas las aeronaves que operan a nivel internacional deben contar con la nacionalidad de un único Estado. Destacando que la nacionalidad de la aeronave corresponderá al Estado en el que esta haya sido registrada.
Estos registros deberán estar a la disposición de los Estados con el propósito de facilitar la transparencia en las operaciones internacionales de las aeronaves.

Nota. No se permite que una aeronave tenga doble nacionalidad, ya que debe ser registrada en un solo Estado, no obstante, el registro puede transferirse de un Estado a otro.
Algunas medidas establecidas en el Convenio para la facilitación de la navegación aérea
La cooperación entre Estados para reducir posibles obstáculos en la navegación aérea internacional, por medio de medidas asociadas a la simplificación de procedimientos migratorios, aduaneros y sanitarios.
La implementación de Infraestructura adecuada que garantice que los aeropuertos e instalaciones de navegación aérea sean apropiadas para manejar el tráfico internacional.
La coordinación de estándares que faciliten la navegación aérea.
7. Convenio Internacional sobre Transporte de Mercancías por ferrocarril (CIM,1980)
Este Convenio es un conjunto de normas uniformes que se encuentran en el Convenio Internacional sobre Transporte Ferroviario (COTIF), adoptadas en 1980. Se trata de un instrumento encargado de la regulación de los contratos de transporte internacional de mercancías por ferrocarril, a través del establecimiento de derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes involucradas.
Este Convenio será aplicado en el transporte internacional de mercancías realizado por medio de las líneas ferroviarias que forman parte del sistema integrado en los Estados miembros de COTIF.
De acuerdo con el artículo 1º del Apéndice B del Convenio Relativo a los Transporte Internacionales por Ferrocarril (COTIF), las reglas uniformes se aplicarán a todas las remesas de mercancías entregadas al transporte con una carta de porte directa establecida para recorridos que afecten los territorios de mínimo dos Estados contratantes y que se efectúen exclusivamente por las líneas inscritas en el sistema integrado en los Estados miembros de COTIF.

Información que deberá presentar la Carta de Porte
Designación de la estación de destino
Nombre y dirección del destinatario
Denominación de la mercancía
Peso de la mercancía
Número de bultos y descripción del embalaje: Para las remesas de detalle y para los vagones completos que contengan uno o más elementos de carga facturados en tráfico combinado de ferrocarril y mar, y que deban ser transbordados.
Para las remesas donde la carga incumba al expedidor, el número de vagón y para vagones de particulares, la tara
Enumeración de los documentos exigidos por las aduanas y demás autoridades administrativas que acompañen la carta de porte o que se mencione que se encuentran a disposición del ferrocarril es una estación determinada o en una oficina de Aduanas de cualquier otra autoridad.
Nombre y dirección del expedidor.
Excepciones en la aplicación de las reglas unitarias de este Convenio
Cuando la remesa cuya estación de origen y destino se encuentren en el mismo Estado y no circule por el territorio de otro sino en tránsito. No estarán sometidas a las reglas uniformes:
A
Si los Estados o ferrocarriles interesados han convenido no considerar las remesas como internacionales.
B
Si las líneas por medio de las que se efectúa el tránsito son explotadas exclusivamente por un ferrocarril perteneciente al Estado de origen
8. Convenio Internacional sobre Transporte Ferroviario (Cotif)
Este Convenio, adoptado el 9 de mayo de 1980 en Berna, establece un marco uniforme para el transporte de pasajeros, equipaje y mercancías por medio del ferrocarril. Destacando que para efectos del Convenio se establece que los Estados miembros de la Organización Intergubernamental para los Transportes Internacionales por Ferrocarril (OTIF), tendrán como objetivo el establecimiento de un régimen de derecho uniforme aplicable al transporte de equipaje, viajeros y mercancías en tráfico internacional directo entre los Estados miembros, por medio de líneas férreas; junto con la facilitación del desarrollo y ejecución de este régimen. (Artículo 2. Convenio Internacional sobre Transporte Ferroviario).

Establece que el transporte de tráfico internacional directo estará sometido a:
Reglas uniformes relativas al contrato de transporte internacional de viajeros y equipajes por ferrocarril (CIV).

Reglas uniformes relativas al contrato de transporte internacional de mercancías por ferrocarril (CIM)

Este Convenio se establece que el ferrocarril está obligado a efectuar, cualquier transporte de mercancías por vagones completos cuando:
Nota. El ferrocarril no tendrá la obligación de aceptar mercancías cuya carga, transbordo o descarga requiera el empleo de medios especiales, a no ser que las estaciones implicadas cuenten con estos.
El ferrocarril estará obligado a aceptar mercancías cuyo transporte pueda ser desarrollado sin demoras; las prescripciones en vigor en la estación expedidora determinarán los casos en que las mercancías que no cumplan con esta condición, tendrán que ser almacenadas provisionalmente en depósito.
Principales organizaciones internacionales de transporte
1. Organización Internacional de Normalización (ISO)
Conjunto de estándares internacionales que en el ámbito del transporte, pretenden garantizar la seguridad, eficiencia, calidad y sostenibilidad de las operaciones.
La Certificación ISO permite:

Mejorar la calidad de los servicios de transporte, contribuyendo a la mayor satisfacción del cliente junto con una buena reputación en el mercado.

Incrementar la eficiencia de las empresas transportadoras en la gestión de sus recursos y operaciones.

Asegurar que se cumplan con las normativas y regulaciones aplicables en materia de medio ambiente, seguridad y otros aspectos.

Incrementar la ventaja competitiva de las empresas, puesto que contar con certificaciones ISO permite demostrar el compromiso que estas tienen con la excelencia operativa y la calidad.

Identificar y gestionar riesgos de forma efectiva.
Nota. La certificación ISO en transporte permite a las empresas mejorar su desempeño, cumplir los requisitos normativos y ser más competitivas en el mercado.
Tipos de certificaciones ISO en el transporte
2. Asociación Internacional del Transporte Aéreo (IATA)
Se trata de la asociación comercial de las aerolíneas a nivel mundial, encargada de la representación de cerca de 330 aerolíneas que representan más del 80% del tráfico aéreo mundial.
Se trata de una asociación que brinda apoyo a diversas actividades de la aviación y ayudan en los procesos de formulación de políticas de la industria.
La IATA propende por:
Principales objetivos de la asociación
Impulsar el crecimiento y desarrollo del transporte aéreo internacional

Fortalecer la seguridad en las diversas áreas del transporte aéreo

Promover y garantizar la colaboración entre las empresas de transporte aéreo internacional

Formular y crear normas sobre tráfico internacional aéreo

Principales funciones de la asociación
Desarrollar programas de capacitación y certificación en materia de aviación

Análisis y recopilación de datos sobre la industria de la aviación

Mejora y simplificación de procedimientos

Abogar por los intereses de la industria de la aviación frente a los organismos reguladores y los gobiernos

Colaborar con organismos internacionales para establecer y mejorar normas de seguridad en la aviación

Establecer regulaciones y estándares para la industria de la aviación, incluidas las normas de implementación de los códigos identificadores de aerolíneas, compuestos de tres letras; junto con la emisión de boletos, procedimientos operativos, etiquetas de equipaje, entre otros.

Se trata de una organización de gran relevancia en el sector logístico debido a que es la encargada del establecimiento de regulaciones y estándares que propenden con la eficiencia, transparencia y seguridad de los envíos aéreos.
Nota. Existen unos códigos llamados “IATA”, los cuales, están conformadas por tres letras que identifican y definen a cada aeropuerto en el mundo. Se trata de la estandarización que permite optimizar y simplificar el trabajo de gestión dentro de los procesos logísticos.
3. Federación Internacional de Asociaciones de Transitarios (FIATA)
Se trata de la fuente de referencia sobre regulaciones y políticas internacionales por medio de las que se rige la industria del transporte de carga y la logística. Se trata de una organización no gubernamental que traba a nivel mundial en la representación de los proveedores de servicios que operan la logística comercial y la gestión de la cadena de suministro.
Principales objetivos de la FIATA
¿Qué regula la FIATA?
Establecimiento de estándares y reglas que rigen las operaciones de transporte de carga, garantizando la calidad y uniformidad de los servicios.

Medidas de garantía físicas y digitales para la protección de la mercancía en el proceso de transporte, reduciendo riesgos de daño, pérdida o robo

Brindar recursos y mejores prácticas para impulsar la adaptación de los miembros frente a los problemas regionales y globales

Desarrollo de herramientas que impulsan el mejoramiento de la experiencia y comunicación de los eventos de la industria

Documentos y procedimientos asociados con transporte de carga

Normas internacionales que impulsan la integridad y profesionalidad de la industria

Modelo de normas para el servicio de transporte

Mejorar la calidad de los datos y el intercambio de importación

Compromisos de las partes involucradas en las cadenas de suministro, desde el embarcador hasta el transportista, con el objetivo de garantizar la distribución justa de los riesgos y obligaciones.

Ser la voz de transitarios frente a las organizaciones y entidades internacionales con el propósito de abogar por políticas que impulsen el comercio por medio de los distintos modos de transporte

Impulsar programas de capacitación para garantizar que los agentes de carga están capacitados en las últimas tecnologías y prácticas del sector

Algunos documentos de la FIATA
Certificado de recepción de transportistas FIATA
Certificado de transporte de transportistas FIATA
Recibo de depósito de FIATA
Carta de porte multimodal FIATA no negociable
Conocimiento de Embarque de Transporte Multimodal FIATA Negociable
Certificación de peso intermodal del expedidor
Instrucciones de reenvío de FIATA
4. Organización Marítima Internacional
Organismo especializado de las Naciones Unidas encargado de velar por la seguridad y protección de la navegación, junto con la prevención de la contaminación del mar por los buques.
Por lo cual, su principal función es el establecimiento de un marco normativo para que el transporte marítimo sea justo y eficaz, y que se aplique y adopte a nivel internacional, lo que significa que es un organismo que crea un marco de igualdad de condiciones con el propósito de que los armadores de buques dispongan de diversos mecanismos para solucionar problemas financieros que no presupongan simplemente la aplicación de recortes presupuestarios que comprometan la protección, seguridad y el comportamiento ambiental.
La OMI adopta todos los ámbitos del transporte marítimo internacional, incluidos los proyectos, construcción, equipamiento, dotación, funcionamiento y desguace de los buques, con el fin de asegurar que el sector sea seguro, ecológico, eficiente en términos energéticos y protegido.

Miembros y asociados de la organización
5. Organización de Aviación Civil Internacional
Se trata de un organismo de las Naciones Unidas creado desde 1944 con el propósito de brindar ayuda en los procesos de cooperación entre los países y el compartimiento de sus cielos en beneficio mutuo, que ha permitido la creación de una red rápida y fiable de movilidad aérea mundial que permite la conexión de empresas y la cual promueve el crecimiento sostenible y la prosperidad socioeconómica.
Se trata de una organización cuya visión es conseguir el desarrollo sostenible en el sistema mundial de aviación civil y como propósito servir como foro mundial de los Estados para la aviación civil internacional. Por lo cual, la OACI elabora normas y políticas, lleva a cabo auditorías de cumplimiento, desarrolla análisis y estudios, brinda asistencia y genera capacidad en el ámbito de la aviación por medio de la cooperación entre los Estados miembros y otras partes interesadas.

Prioridades de la Organización de Aviación Civil Internacional
Seguridad en la aviación

Capacidad y eficiencia de la navegación aérea

Desarrollo económico

Protección ambiental

Objetivo de la Organización de Aviación Civil Internacional
Desarrollar las técnicas y principios de la navegación aérea internacional, junto con el fomento de la organización el desenvolvimiento del transporte aéreo internacional para:
6. Unión Internacional de Ferrocarriles (UIC)
Se trata de una organización que representa y promueve el sector ferroviario, cuya principal función es armonizar y mejorar las condiciones para la construcción y explotación de ferrocarriles.
Por lo anterior, algunas de las actividades desarrolladas por la UIC son:
Garantizar la interoperabilidad, disponibilidad y entrega fácil y segura de los vagones

Facilitar el intercambio de mejores prácticas para garantizar la interoperabilidad y aumentar la velocidad comercial del tráfico ferroviario.

Desarrollo de corredores ferroviarios de mercancías intercontinentales

Velar por la seguridad de las mercancías peligrosas en los ferrocarriles

Elaboración de directrices de carga en las que se describen los principios clave y las recomendaciones técnicas de los métodos de carga, que garantizarán que los bienes lleguen a su destino de manera adecuada.

Gestión y desarrollo de cartera de soluciones digitales transversales que permitan el intercambio eficiente de datos entre los socios de la cadena de suministro.

Miembros de la UIC
Abreviación | Miembro | País | Estado | Año adhesión |
AAR | Asociación de Ferrocarriles Americanos | EE UU | Afiliado | 1983 |
ADIF | Administrador de Infraestructuras Ferroviarias | España | Activo | 1997 |
ADIÓS | Ferrocarriles de Azerbaiyán | Azerbaiyán | Asociado | 1995 |
ALAF | Asociación Latinoamericana de Ferrocarriles | Argentina | Afiliado | 2021 |
Amtrak | Corporación Nacional de Pasajeros del Ferrocarril | EE UU | Asociado | 1978 |
Anesrif | Agence Nationales d’ Études et de Suivi de la Réalisation des Investissements Ferroviaires | Argelia | Afiliado | 2008 |
ANI | Agencia Nacional de Infraestructura | Colombia | Afiliado | 2023 |
Anptrilhos | Asociación Nacional de Transportadores de Pasajes sobre Trilhos | Brasil | Afiliado | 2021 |
ARA | Autoridad de Ferrocarriles de Afganistán | Afganistán | Asociado | 2013 |
ARCO | Compañía de Ferrocarriles de Aqaba | Jordán | Afiliado | 2021 |
ARTF Gabón | Autoridad de Regulación de Transportes Ferroviarios | Gabón | Afiliado | 2018 |
ARTF México | Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario | México | Afiliado | 2018 |
ASPID | Pase Suizo de la Alianza | Suiza | Afiliado | 2017 |
ASTOC | Asociación de Organizaciones de la Sociedad de la Computación | Suecia | Afiliado | 2019 |
COTA | Compañía ATOC | Reino Unido | Afiliado | 2024 |
Grupo ATTICA | Grupa Attica | Grecia | Asociado | 1998 |
Bane Nor | Bane Nor SF | Noruega | Activo | 1997 |
Antes de Cristo | Ferrocarril de Bielorrusia | Bielorrusia | Suspendido | 1992 |
BCC | Oficina Central de Compensación | Bélgica | Afiliado | 1997 |
BCRRE | Centro de Investigación y Educación sobre Ferrocarriles de Birmingham | Reino Unido | Afiliado | 2023 |
Zona de Descanso | BDZ que tiene EAD | Bulgaria | Activo | 2013 |
Univeridad Técnica de Björk | Universidad jiaotong de Pekín | China | Afiliado | 2013 |
BLS | BLS AG | Suiza | Activo | 1922 |
BRC | Compañía de Ferrocarriles Búlgara AD | Bulgaria | Asociado | 2006 |
BR – ICS | BR International Consulting Services GmbH | Austria | Afiliado | 2017 |
BSB | Empresa de alquiles de barcos del lago de Constanza GmbH | Alemania | Afiliado | 1997 |
Camarail | Caminos de Hierro de Camerún | Camerún | Asociado | 1974 |
Coches | Academia China de Ciencias Ferroviarias | China | Afiliado | 2011 |
CD | Ceské Drahy | Chequia | Activo | 1922 |
Lámpara fluorescente compacta | Sociedad Nacional de Caminos de Fer Luxemburgo | Luxemburgo | Asociado | 1922 |
Carga CFL | Carga CFL | Luxemburgo | Asociado | 2008 |
CFR | CFR SA | Rumania | Activo | 1922 |
CFR Calatori | Sociedad Nacional de Transportes Feroviar de Calatori | Rumania | Activo | 2006 |
Código de Regulaciones Federales Marfa | Sociedad Nacional de Transporte Feroviar de Marfa | Rumania | Activo | 2006 |
SFC | Ferrocarriles sirios | Siria | Activo | 1939 |
SFC - Senegal | Agencia Nacional de Caminos de Fer | Senegal | Afiliado | 2015 |
Sociedad de Investigación de la Salud de Canadá (CHSRA) | Autoridad ferroviaria de alta velocidad de California | EE UU | Asociado | 2012 |
CIE | Coras Iompair Éireann | Irlanda | Activo | 1958 |
Cogefer | Compagnie Générale du Génie Ferroviaire | Níger | Afiliado | 2022 |
CP, EPE | Combos de Portugal, EPE | Portugal | Activo | 1922 |
ES | Grupo de Ferrocarriles Estatales de China Co. Ltd | China | Activo | 1979 |
CRDC | Corporación de Diseño de Ferrocarriles de China | China | Afiliado | 2020 |
CRECC | Instituto de investigación económica y planificación de ferrocarriles de China CO. Ltd | China | Afiliado | 2020 |
CRRC – SRI | Instituto de investigación de material rodante Qingdao Sifang | China | Afiliado | 2020 |
ZIC CRRC | CRRC Instituto Co. Ltd de Zhuzhou | China | Afiliado | 2021 |
CRSCD | Instituto de Investigación y Diseño CRSC Group Co. Ltd | China | Afiliado | 2023 |
Televisión Central | Vagón de carga SC Trans | Rumania | Asociado | 2006 |
Sociedad Anónima DB | Deutsche Bahn AG | Alemania | Activo | 1922 |
DJKA | Direktorat Jenderal Perkeretaapian - Ministerio de Transporte de la República de Indonesia | Indonesia | Suspendido | 2015 |
Punto | Departamento de Transporte del Estado de Victoria | Australia | Afiliado | 2010 |
DOTR | Departamento de Transporte | Filipinas | Afiliado | 2019 |
DRT | Departamento de Transporte Ferroviario | Tailandia | Afiliado | 2020 |
Oficina del Servicio de Apelaciones del Distrito | Banco de estadísticas danés | Dinamarca | Activo | 1922 |
EDR | Ferrocarriles entre Etiopía y Yibuti | Etiopía | Asociado | 2018 |
EEX | Europa Express | Francia | Afiliado | 202 |
EFE | Trenes de Chile | Chile | Asociado | 2022 |
EKM | Ministerio de Construcción y Transporte de Hungría | Hungría | Afiliado | 2012 |
ENR | Ferrocarriles nacionales egipcios | Egipto | Asociado | 1977 |
ENTUR AS | ENTUR AS | Noruega | Afiliado | 2018 |
ERC.D | ERC.D GmbH | Alemania | Asociado | 2022 |
Ermewa | ERMEWA SA | Francia | Afiliado | 2022 |
ERS | Eurorail Logistics, empresa de logística | Serbia | Afiliado | 2018 |
Ferrocarril Etihad | Compañía Ferroviaria Etihad - PJSC | Emiratos Árabes Unidos | Asociado | 2022 |
ETS | Zona Euskal Trenbide | España | Asociado | 2008 |
Interrail | Eurail BV | Países Bajos | Afiliado | 2021 |
Eurofima | Sociedad europea par la financiación de material ferroviaro | Suiza | Afiliado | 1990 |
Eurostar | Eurostar Internacional Limitada | Reino Unido | Activo | 1994 |
Euskotren | Eusko Trenbideak – Ferrocarriles Vascos SA | España | Asociado | 1999 |
FASE | Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado | Argentina | Asociado | 2023 |
FCH | Fundación Caminos de Hierro para la Investigación y la Ingeniería Ferroviaria | España | Afiliado | 2008 |
7. Cámara Naviera Internacional (ICS)
La ICS se estableció en 1921 con el propósito de garantizar la promoción, desarrollo y aplicación de buenas prácticas en la industria naviera. Representa las asociaciones nacionales de propietarios de barcos del mundo y a más del 80% de la flota mercante mundial, la cual, tiene miembros en cerca de 40 países.
Se trata de una asociación que representa a todos los sectores de la comunidad de armadores, como los petroleros, graneleros, buques cisterna para productos químicos, gaseros, portacontenedores, buques de carga general, buques de pasajeros y de apoyo en alta mar.
Además, brinda soporte de envío y defiende los altos estándares operativos, junto con un entorno regulatorio que abarca seguridad, medio ambiente, mercados abiertos y competencia leal.
Es la voz colectiva de la industria naviera internacional, debido a que articula y defiende las posiciones de los propietarios de los buques frente a los reguladores internacionales.

Productos y servicios de la ICS
Guías sobre seguridad y operaciones, empleo y formación, ambiente, entre otros

Software para brindar ayuda a las compañías navieras a cumplir con las horas de trabajo y descanso de los colaboradores de acuerdo con el Convenio sobre el trabajo marítimo (MLC) de la OIT y el Convenio STCW de la OMI

Salas de reuniones de última generación

Cursos prácticos de aprendizaje desarrollados por marinos, para marinos y aprovechando la experiencia colectiva de más del 80% de la flota naviera mundial

8. Organización internacional del Transporte por Carretera (IRU)
Organización encargada de representar el sector transporte por carretera e impulsar la movilidad sostenible de personas y bienes en todo el mundo. Se trata del portavoz de más de 3,5 millones de empresas que brindan servicios de movilidad y logística a más de 100 países.
Por lo cual, la IRU propende por apoyar el comercio, el crecimiento económico, la seguridad, el empleo, el medio ambiente y las comunidades.
Nota. Representa el transporte de personas y mercancías por medio de autobuses, autocares, taxis o camiones.

Es una entidad que:
1
Brinda asesoría a gobiernos e instituciones internacionales y regionales sobre desarrollo y formalización del sector transporte para impulsar la seguridad, estándares, eficiencia y rendimiento.
2
Cuenta con más de 40 institutos de capacitación asociados en todo el mundo, en los que utiliza estándares de certificación internacionales, capacitan y desarrollan a profesionales de la movilidad, logística y transporte.
3
Examina y certifica a profesionales del transporte por carretera con base en estándares internacionales.
4
Brinda certificación industrial a operadores de movilidad y logística. Por lo cual, mide la competencia de los conductores antes, durante y después del proceso de contratación, por medio de la recopilación de métricas de habilidades en paneles digitales.
Además, contribuye a que las mercancías lleguen al lugar en que se necesitan de forma rápida y segura, gracias a que, por medio de un mandato de la ONU, la IRU administra el sistema TIR, que es la única herramienta de tránsito global, la cual, permite que las mercancías sean enviadas sin ningún problema y de forma segura, liberando el comercio entre regiones y contribuyendo a que las empresas de transporte puedan reducir costos y tiempos de entrega.