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Nuevos límites máximos de residuos en frutas y hortalizas en Europa

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El 4 de junio, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2020/749 que modificó el anexo III del Reglamento (CE) n.º 396/2005. Según esta normativa, los nuevos niveles máximos para residuos de clorato en los alimentos se empezaron a aplicar a partir del 28 de junio del 2020 sin ningún acuerdo de transición.

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Además, el 20 de mayo del 2020, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2020/685 que modifica el Reglamento (CE) n.º 1881/2006 en lo que respecta a los niveles máximos de perclorato en los alimentos, entrando en vigor el pasado 1 de julio del 2020. El reglamento permite un período de transición en el que los alimentos comercializados antes de la fecha de entrada en rigor pueden venderse hasta la fecha de caducidad o consumo. Se aplica un nivel máximo de residuos de 0,05 mg/kg de perclorato a las frutas y hortalizas.

 

Implicaciones para Costa Rica

 

Las exportaciones costarricenses del sector agrícola a la Unión Europea (UE), acumulado a mayo del 2020, superaron los USD558 millones, posicionando a la UE como la segunda región más importante para las exportaciones de producto fresco costarricense. Dentro de los principales bienes exportados a esta región se encontraron: banano, piña melón, sandía, yuca, entre otros.

 

Dada la importancia que la UE tiene para el sector agrícola costarricense, es importante que las compañías que ya exportan y los potenciales exportadores se mantengan al tanto de las nuevas regulaciones emitidas por las autoridades, con la finalidad de que puedan adaptar su producción, en caso de ser necesario y no arriesguen las relaciones comerciales ya establecidas, por no cumplir con los estándares indicados por las autoridades fitosanitarias.