Se realizó una actualización al Código Alimentario Argentino
Se destacan la incorporación de un nuevo fruto y la preservación de la inocuidad en el uso de envases y equipamientos de uso alimentario.
La Secretaría de Gobierno de Agroindustria informa la incorporación de la fruta açaí o asaí al Código Alimentario Argentino (CAA), a través de la Resolución Conjunta N° 2/2019 de las Secretarías de Alimentos y Bioeconomía y de Regulación y Gestión Sanitaria perteneciente a la Secretaría de Gobierno de Salud.
El titular de Alimentos y Bioeconomía, Andrés Murchison, resaltó en este marco, "el rol de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) como espacio estratégico en el cual se consensúan las reglas de juego para la producción y el comercio de alimentos, las cuales impactan directamente en la calidad de vida de las personas y en la competitividad de la industria de alimentos y bebidas del país".
Cabe mencionar que la creciente demanda mundial de la pulpa de açaí asegura grandes perspectivas para la industrialización local (el fruto solamente es consumido luego de su procesamiento ya que la parte comestible del Açaí es la pulpa) e intercambio comercial con el principal productor: Brasil.
A su vez, al permitirse la comercialización del fruto se incentivará el desarrollo de potenciales mercados en diferentes aplicaciones alimentarias, como el jugo del fruto sin semilla y la pulpa congelada para la preparación de helados, postres, entre otros; traduciéndose en productos con mayor agregado de valor. El açaí es conocido a nivel mundial y actualmente comercializado en distintas regiones del mundo como Norteamérica, Europa, Oceanía y algunos países de América del Sur.
Por otro lado, resulta interesante destacar el aspecto nutritivo de la parte comestible del açaí, que representa en promedio el 26% del peso del fruto y tiene un valor calórico aproximado de 262 Kcal cada 100 gramos. En este sentido, es rico en minerales, principalmente potasio, calcio, fósforo, magnesio y hierro, y en vitaminas E y B1, y también se destaca por su alto contenido de fibras, lípidos y compuestos polifenólicos - antioxidantes naturales.
A través de la Resolución Conjunta N°1/2019 se sustituye el artículo 186 bis del CAA referido a la incorporación de la Resoluciones Grupo Mercado Común N° 40/15 y 41/15 "Reglamento técnico Mercosur sobre materiales, envases y equipamientos celulósicos destinados a estar en contacto con alimentos y "Reglamento Técnico Mercosur sobre materiales celulósicos para cocción y filtración en caliente", respectivamente. Con la medida se propicia la actualización de los aspectos de inocuidad, las características físicas de los materiales celulósicos que pueden utilizarse para envases y equipamientos de uso alimentario, entre otros, con el fin de cuidar la salud del consumidor.