El MinCIT informó los nuevos parámetros de administración y distribución del contingente de exportación de azúcar y panela del TLC con EE UU
Mediante la Circular 25 del 2022, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) dio a conocer los parámetros de administración y distribución, para el 2023, de las 58.250 toneladas métricas del contingente de exportación de azúcar, panela y productos con contenido de azúcar, previsto en el Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América.
Este contingente, que se aplicará desde el 1º de enero hasta el 31 de diciembre del 2023, se distribuirá de la siguiente manera:
Producto |
Subpartidas |
% Contingente asignado |
Toneladas métricas |
Azúcar |
1701.12.00.00, 1701.14.00.00, 1701.91.00.00, 1701.99.90.00 |
83% |
48.347,5 |
Panela |
1701.13.00.00 |
5% |
2.912,5 |
Productos con azúcar |
1702.20.00.00, 1702.30.20.00, 1702.30.90.00, 1702.40.20.00, 1702.60.00.00, 1702.90.40.00, 1702.90.90.00, 1704.90.10.00, 1704.90.90.00, 1806.10.00.00, 1806.20.90.00, 1806.90.00.90, 1901.20.00.00, 1901.90.20.00, 1901.90.90.00, 2101.12.00.00, 2101.20.00.00, 2103.90.20.00, 2106.90.90.00 |
12% |
6.990,0 |
Para el caso del azúcar y la panela se le dará prelación en la asignación a los usuarios que hayan:
- realizado exportaciones en los últimos 2 años (2021-2022), soportadas en los certificados de elegibilidad entregados por el MinCIT en el marco del TLC con EE UU, y
- tengan producción del respectivo producto en el 2022, así:
Para el azúcar:
Tipo de usuario |
Toneladas métricas asignadas por tipo de usuario |
Históricos 90% |
43.512,75 |
Nuevos 10% |
4.834,75 |
Para la panela:
Tipo de usuario |
Toneladas métricas asignadas por tipo de usuario |
Históricos 70% |
2.038,75 |
Para el caso de los productos con contenido de azúcar se le dará prelación en la asignación a los usuarios que hayan:
- realizado exportaciones en los últimos 3 años (2020-2022), soportadas en los certificados de elegibilidad entregados por el MinCIT en el marco del TLC con EE UU, así:
Tipo de usuario |
Toneladas métricas asignadas por tipo de usuario |
Históricos 90% |
6.291 |
Nuevos 10% |
699 |
Para la solicitud de asignación los exportadores interesados deben:
- Estar registrados en la ventanilla única de comercio exterior, VUCE.
- Disponer de firma digital.
- Tener la matrícula mercantil “Activa” en el registro mercantil y haberlo renovado.
- Ingresar con su usuario y contraseña al módulo contingentes de exportación de la VUCE.
La primera asignación de cupos se publicará en la página web de la VUCE, www.vuce.gov.co, el 19 de enero del 2023, indicando las toneladas métricas asignadas a cada usuario por subpartida arancelaria, las cuales no serán en principio inferiores a 20 toneladas. El cupo asignado no es transferible y debe ser utilizado exclusivamente por el usuario al cual le fue otorgado.
La Circular 25 del 2022 reglamenta otros aspectos como: i) el procedimiento para solicitar el certificado de elegibilidad, ii) los incrementos de cupo, iii) las devoluciones voluntarias, iv) la verificación del uso de los cupos asignados por parte del grupo de diseño de operaciones de comercio exterior de la subdirección de diseño y administración de operaciones del MinCIT y, v) la reasignación de cupos. Consulta esta norma en nuestras obras de comercio exterior.
Obtén información sobre los acuerdos comerciales que tiene Colombia en el siguiente link https://bit.ly/3XmbWNZ