Ecuador y Costa Rica iniciaron negociaciones para un acuerdo comercial
La primera ronda se da tras el anuncio de los presidentes Guillermo Lasso y Rodrigo Chaves, el pasado 9 de junio, en el marco de la IX Cumbre de las Américas, bajo la voluntad de ambos países de iniciar negociaciones.
Se trata de un acuerdo de última generación en el que se negociarán 18 disciplinas: acceso a mercados para mercancías; reglas de origen y procedimientos aduaneros; facilitación del comercio; obstáculos técnicos al comercio y congruencia regulatoria; medidas sanitarias y fitosanitarias; defensa comercial; política de competencia; comercio de servicios; comercio electrónico; entrada temporal de personas de negocios; propiedad intelectual; contratación pública; comercio e inclusión de género; comercio y temas laborales; comercio y medio ambiente; fortalecimiento de capacidades comerciales para MiPymes; entre otros.
Previo al proceso, se realizó un estudio de factibilidad en el 2017, gracias al cual Ecuador y Costa Rica evaluaron la posibilidad de negociar un acuerdo comercial. En abril del 2019, el Comité de Comercio Exterior aprobó el inicio de negociaciones entre las partes y se acordó el marco general de la negociación incluyendo a este país como prioridad en su agenda comercial.
Entre 2021 y 2022, se retomaron las reuniones de jefes negociadores y coordinadores del acuerdo, con el objetivo de modernizar el marco general de la negociación y fortalecer la relación bilateral.
Relación Bilateral
En el 2021, Costa Rica fue el 15to. destino de las exportaciones no petroleras ecuatorianas a Latinoamérica y El Caribe, y ocupó el puesto número 12 como destino de nuestras exportaciones agrícolas y pesqueras.
Los principales productos de exportación fueron: enlatados de pescado; manufacturas de metales; pescado; banano; productos químicos y farmacéuticos; productos pecuarios; manufacturas de papel y cartón; vehículos y partes; manufacturas de fibras textiles; y, atún.
Mientras que, los principales productos importados desde Costa Rica fueron: medicinas; desperdicios y desechos de metales; neumáticos; insecticidas; desinfectantes y productos similares; interruptores, demás conectores y sus partes; plantas frescas; instrumentos y aparatos de medicina; preparaciones alimenticias; manufacturas de metales; artículos y aparatos de ortopedia, fajas y vendajes.
La concreción de este acuerdo comercial garantizará a ambos países un marco jurídico claro y transparente para regular el comercio.
¿Te gustaría conocer el intercambio comercial de estos dos países? Ingresando al módulo de Estadísticas de Comercio Exterior http://bit.ly/2HELP0u lo podrás conocer.