Colombia, 11 de diciembre de 2023

Evolución del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea

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Colombia, 11 de diciembre de 2023

Conoce cómo ha sido la evolución del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia, Perú y Ecuador, por otra

Por
Gloria Patricia Gaviria Blanco
TLC UE - COLOMBIA

El Acuerdo comercial entre la República de Colombia y la República del Perú (Países Andinos signatarios), por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros (Reino de Bélgica, República de Bulgaria, República Checa, Reino de Dinamarca, República Federal de Alemania, República de Estonia, Irlanda, República Helénica, Reino de España, República Francesa, República Italiana, República de Chipre, República de Letonia, República de Lituania, Gran Ducado de Luxemburgo, Hungría, Malta, Reino de los Países Bajos, República de Austria, República de Polonia, República Portuguesa, Rumanía, República de Eslovenia, República Eslovaca, República de Finlandia, Reino de Suecia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte), por otra, se suscribió en Bruselas, Bélgica, el 26 de junio de 2012.

 

El 11 de diciembre de 2012, el Parlamento Europeo aprobó este Acuerdo y, el 27 de febrero de 2013, el Consejo de la Unión Europea notificó a Colombia acerca del cumplimiento por parte de la Unión Europea de los requisitos exigidos para su aplicación provisional.

 

Por su parte, el Congreso de la República de Colombia, 16 de julio de 2013, aprobó el Acuerdo a través de la Ley 1669 de 2013. Dos días después, el Gobierno colombiano expidió el Decreto 1513 (implementado por el Decreto 1636 del 31 de julio de 2013), para dar también aplicación provisional al Acuerdo, a partir del 1º de agosto de 2013. Sin embargo, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-280 de mayo 8 de 2014, declaró inexequible el mencionado Decreto 1513 del 18 de julio de 2013, por considerarlo incompatible con el artículo 224 de la Carta Política al no haber sido acordado, en concepto de la Corte, en el marco de la OMC, a pesar de así haberse señalado en los considerandos, razón por la cual no era procedente la aplicación provisional sin haberse surtido el trámite de revisión por parte de la Corte Constitucional. Vale la pena señalar que la inexequibilidad declarada en esa sentencia comenzó a producir efectos seis (6) meses después, contados a partir de la fecha de la providencia.

 

Antes del vencimiento de los seis (6) meses, mediante la Sentencia C-335 de junio 4 de 2014, la Corte Constitucional declaró exequibles el señalado acuerdo comercial, así como la Ley 1669 de 2013, aprobatoria del mismo.

 

Ingreso y salida de países del Acuerdo:

 

Ingreso de Croacia a la Unión Europea: El 30 de junio de 2015, se suscribió el Protocolo adicional del Acuerdo comercial entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y Colombia y el Perú, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea. Colombia, aprobó dicho Protocolo adicional mediante la Ley 2293 de 2023.

 

Salida del Reino Unido de la Unión Europea: El 23 de junio de 2016, los ciudadanos del Reino Unido decidieron mediante un referéndum salir de la Unión Europea. El 29 de marzo de 2017, el Reino Unido notificó oficialmente al Consejo Europeo su intención de abandonar la Unión Europea, formalizando así el denominado Brexit. Luego de una serie de negociaciones, el 25 de noviembre de 2018, el Consejo Europeo refrendó el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea, así como la Declaración política sobre las relaciones futuras entre la Unión Europea y el Reino Unido. Este Acuerdo fue aprobado por el Parlamento Europeo, el 29 de enero de 2020 y, de esta manera, el 31 de enero de 2020, el Reino Unido dejó de ser Estado Miembro de la Unión Europea y adquirió la condición de tercer país, sin embargo, se estableció un período transitorio, del 1º de febrero al 31 de diciembre de 2020, durante el cual se le continuó dando al Reino Unido un trato como si fuese un Estado miembro, con algunas excepciones.

 

Como parte de este proceso de salida del Reino Unido de la Unión Europea, el 15 de mayo de 2019, se suscribió en Quito, Ecuador, el “Acuerdo comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República de Perú, por otra”, con el objetivo de preservar los derechos y obligaciones entre las Partes, según lo previsto en el Acuerdo comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos.

 

Adhesión de Ecuador: Mediante la Decisión 1 de 2016 del Comité de Comercio se aprobó el Protocolo de adhesión de Ecuador al Acuerdo, suscrito el 11 de noviembre de 2016.

 

Evolución de la balanza comercial y del comportamiento de las exportaciones e importaciones entre Colombia y la Unión Europea:

En 2022, la Unión Europea fue el segundo destino de las exportaciones de Colombia y el tercer proveedor de bienes para Colombia después de Estados Unidos y China. Actualmente la balanza comercial es deficitaria con este socio comercial, aunque no siempre ha sido así, ya que de 2011 a 2014 fue superavitaria. Te invitamos a ingresar al siguiente enlace para más información: https://xperta.legis.co/visor/rie/rie