Los empaques también deben cumplir ciertos requisitos
La normativa detrás de los juguetes
Las reglas de fabricación y comercialización de juguetes no son cosa de juego. Por eso, existen leyes que regulan, minuciosamente, todo lo relacionado con estos productos.
Detrás de la emoción de los niños en la tan esperada nochebuena, en la que finalmente pueden destapar los regalos e, incluso, detrás del estrés de los padres que en los días previos deben ir a tiendas abarrotadas de gente para comprar el juguete que quieren obsequiarle a sus hijos, existe una serie de aspectos que generalmente pasan inadvertidos y que hacen posible que estos productos lleguen, primero, a los anaqueles de las jugueterías y, después, al pie del árbol de navidad.
Si el regalo es un caballito de madera, por ejemplo, este juguete debe cumplir con ciertos requisitos en cuanto a su estabilidad, sobrecarga y ángulos de inclinación, tal y como todos aquellos juguetes en los que el niño se pueda montar.
Si este tipo de juguete cuenta con cadenas o bandas de transmisión de energía, las mismas deben estar protegidas de modo que sean inaccesibles para el menor y que no puedan ser retiradas sin el uso de alguna herramienta.
Es más, si el regalo que recibe el niño es un carro de juguete en el que puede montarse y trasladarse, pero ya no de manera mecánica, sino mediante un mecanismo eléctrico, este vehículo infantil no puede alcanzar una velocidad mayor a ocho kilómetros por hora.
La forma, el tamaño y el contorno son solo algunas de las características estructurales de los juguetes que están reguladas, al igual que las puntas, los bordes agudos, las partes pequeñas y los espacios entre las partes que componen estos productos.
Estos y otros muchos requisitos que generalmente los padres desconocen están previstos en la Norma Venezolana Covenin 197 del 2001, que prevé lo referente a propiedades físicas y mecánicas de los juguetes, inflamabilidad, porcentajes permitidos de elementos tóxicos (llamada migración de ciertos elementos) y símbolos gráficos de etiquetados para advertir la edad de los niños a los que va dirigido el juguete.
Esta norma de seguridad, compuesta por seis partes, establece además lo relativo a juegos de experimentos químicos, actividades relacionadas y juguetes químicos distintos a los juegos de experimentos.
Pero el marco legal que se aplica para la fabricación, importación y comercialización de juguetes va mucho más allá. De acuerdo con Elizabeth Rama, presidenta ejecutiva de la Cámara Venezolana de Fabricantes de Juguetes, Deportes y Recreación (que tiene 104 afiliados), existen regulaciones en materia de juguetes, ya no solo a escala nacional, sino también por bloques o regiones.
Es el caso de la norma para juguetes prevista por el Mercado Común del Sur (Mercosur), que se ha empe-zado a adoptar en Venezuela. “Ya están ingresando al país productos, en el marco del intercambio comercial con los demás países miembros del bloque, conforme a esa normativa”, comenta Rama.
La Presidenta Ejecutiva de esta Cámara, fundada en 1975, explica además que existen productos en el área de la recreación que están dirigidos a niños y que también cuentan con normativas especiales. Las bicicletas, por ejemplo, deben cumplir con dos normas: Requisitos de seguridad y Guayas para frenos.
Rama indica, además, que la legislación venezolana incluye otras disposiciones que no hacen referencia específica a los juguetes, pero están destinadas a regular la calidad, seguridad y garantías de los productos que llegan a manos del consumidor. La Ley de Protección al Consumidor y el Usuario y la Ley de Procompetencia son algunos ejemplos.
“Tenemos incluso disposiciones del Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria en materia de propiedad intelectual referidas a la observancia de estos derechos en la importación y tránsito aduanero de mercancías, que se aplican a productos que gozan de protección en materia de marcas y patentes, como los juguetes”, comenta Rama.
Las condiciones de seguridad de las máquinas de coser de juguete y los modelos a escala reducida de trenes y carritos, por ejemplo, son mayores y, en consecuencia, responden a normas específicas.
Además de cumplir con la Norma Venezolana Covenin 197, los fabricantes o importadores de juguetes eléctricos deben cumplir con la Norma Venezolana Covenin 3251:2001 (Juguetes eléctricos alimentados con muy baja tensión de seguridad. Condiciones de seguridad) y con la Norma Venezolana Covenin 3652:2001 (Seguridad de los juguetes eléctricos), según señala Eduardo Samán, director general del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (Sencamer).
Samán explica que otro de los aspectos regulados en materia de juguetes, en general, es la materia prima con la que se fabrican.
La inflamabilidad de estos materiales, que está regulada para todos los juguetes, tiene mayores restricciones para productos de alto riesgo por su contacto estrecho con el niño, como disfraces, máscaras, pelucas, bigotes, peluches y cualquier producto diseñado para que el niño lo lleve en la cabeza, siempre que contenga elementos pilosos, pelos u otros semejantes.
En este sentido, Rama explica que el área de proveedores de materias primas debe ser mejorada. “Hay fabricantes que tratan de obtener certificación de calidad de la materia prima de sus proveedores y muchas veces no lo consiguen. Parece que la regulación va solo al producto terminado, cuando la idea es que un producto de calidad debe tener también un origen de calidad, tanto en su diseño como en su materia prima”, comenta la representante del gremio juguetero.
Los requisitos de seguridad y calidad de los juguetes no abarcan, tal y como lo explica la Norma Venezolana Covenin 197, los riesgos potenciales de determinados productos diseñados para el entretenimiento de los niños.
Quienes les compran un costurero de juguete a sus niños asumen el riesgo inherente y reconocido que representa, por ejemplo, la punta de la aguja que se incluye como parte del producto.
En estos casos, las normas obligatorias, más que resguardar la seguridad de los niños a través del juguete en sí mismo, procuran comunicarle dichos riesgos al comprador, mediante una advertencia que debe incluirse en el rotulado del empaque.
Tampoco están sujetas a las regulaciones previstas en la mencionada norma la joyería de fantasía para niñas, las máquinas a vapor de juguete, así como los rompecabezas que tengan más de 500 piezas o que no tengan ilustración y los videojuegos que se puedan conectar a una pantalla de video y operarlos a una tensión mayor a 24 voltios, entre otros juguetes.
En cuanto a los instrumentos musicales y artículos deportivos, la no aplicación de estas regulaciones se establece, según lo indica la propia norma, teniendo en cuenta sutiles distinciones que ubican o no a dichos productos en la categoría de juguetes, como la intención del productor y del distribuidor y el uso normal previsible para el juguete.
Los empaques, que casi siempre son desechados, también son objeto de regulación. Rama explica que el rotulado de estos empaques debe incluir obligatoriamente la identificación del producto, las advertencias sobre los riesgos científicamente demostrados para la salud o el ambiente, el país de fabricación, la dirección del fabricante o del importador y las instrucciones pertinentes para su empleo.
Ana Teresa Builes, vicepresidenta de Carambola Toys, agrega que si un juguete incluye un mecanismo que necesite pilas, esta información debe indicarse en el empaque.
El rango de edades de los niños a los que está dirigido el juguete es una de las informaciones obligatorias que debe contener el rotulado. Los juguetes con partes pequeñas no pueden estar destinados a niños menores de tres años.
De acuerdo con Avi Kreisel, vicepresidente de la empresa fabricante de juguetes Kreisel, es poco conveniente la práctica de ciertos padres que compran para su hijo de tres años un juguete diseñado para uno de cinco. “Compran el producto con el argumento de que su niño es tan hábil como uno más grande, sin percatarse de que el producto puede contener partes pequeñas que lo hacen no apto para niños más pequeños”, comenta.
Adicionalmente, el rotulado de seguridad no solo debe ser visible y legible, sino fácil de entender e indeleble y debe estar diseñado en un formato que llame la atención del consumidor.