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Normativa

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la reglamentación para la retención del IVA por la venta de papel o cartón para reciclar

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el Decreto 1781 del 18 de septiembre del 2014, expidió la reglamentación para la retención del impuesto sobre las ventas (IVA) a la venta de papel o cartón para reciclar (desperdicios y deshechos), identificado con la nomenclatura Nandina 47.07, el cual se genera cuando estos productos son vendidos a las empresas de fabricación de pastas celulósicas, papel y cartón; fabricación de papel y cartón ondulado; de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón y de otros artículos de estos materiales. De esta manera, el impuesto será retenido en el 100% por dichas empresas. Sin embargo, la norma advierte que cuando el vendedor de estos materiales tenga la calidad de grande, según la Resolución 041 del 2014, no se aplicará la retención del 100%. En dichos casos se utilizarán las normas generales de retención en la fuente del IVA.

Por: Ministerio de Hacienda y Crédito Público