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Requisitos para las Zonas Francas - Colombia

Requisitos generales para la declaratoria de Zonas Francas

Legiscomex.com presenta los requisitos generales exigidos por el Gobierno para la declaratoria de una Zona Franca según el artículo 5° del Decreto 1300 del 18 de junio del 2015 emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT).

Por: Legiscomex.com

 

Requisitos generales para la declaratoria de Zonas Francas

Área geográfica

Documentos

Usuario operador

Otros requisitos

Acreditar que el área que pretenda ser declarada como Zona Franca pueda ser dotada de servicios públicos domiciliarios, para lo cual se deberá anexar una certificación expedida máximo de 90 días calendarios anteriores a la solicitud por la persona competente (autoridad municipal o empresa de servicios públicos), en la que se señale que el área que se pretende sea declarada como zona franca puede ser dotada de servicios públicos domiciliarios. Dicha certificación se deberá encontrar vigente al momento de la declaratoria.

Anexar certificado de existencia y representación legal, en el cual debe constar que el objeto social le permite desarrollar funciones propias de la Zona Franca. En relación al usuario operador debe constar que su objeto social le permite desarrollar las funciones de que trata el artículo 393-16 del Decreto 2685 de 1999.

Presentar manifestación bajo la gravedad del juramento del representante legal de la persona jurídica en la que se indique que ni ella, ni sus representantes, socios o el Usuario Operador, han sido sancionados con cancelación de la autorización para el desarrollo de la actividad de que se trate y en general por violación dolosa a las normas penales, durante los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud.

Constitución e identificación de la nueva persona jurídica que pretenda la declaratoria de la Zona Franca, que debe estar domiciliada en el país y acreditar su representación legal, o establecer una sucursal de sociedad extranjera legalizada de conformidad con el Código de Comercio.

El área de la Zona Franca deberá ser continua y no inferior a veinte (20) hectáreas, excluidas las áreas de cesión.

Presentar los estados financieros certificados por revisor fiscal o contador público, según el caso

Postularse o postular un Usuario Operador, según la Zona Franca de que se trate, y acreditar los requisitos exigidos en el artículo 393-15 del Decreto 2685 de 1999 o las normas que lo modifiquen o adiciones.

Informar los nombres o identificación de los representantes legales, miembros de junta directiva, socios, accionistas y controlantes directos e indirectos. En el caso en que los socios sean personas jurídicas, se deberá presentar su respectiva composición. En las sociedades anónimas abiertas o por acciones solamente deberá presentarse información respecto de los accionistas que tengan un porcentaje de participación superior al 10% del capital suscrito.

Debe contar con un área mínima de 150 metros cuadrados para las oficinas donde se instalaran las entidades de control y con un área mínima de 1.500 metros cuadrados para el aforo o la inspección aduanera y la vigilancia de las actividades propias de la zona franca. El área deberá ser continua y adyacente a la puerta de acceso para el ingreso y salida de mercancías. 

Comprometerse a constituir y entregar la garantía bancaria o de compañía de seguros en los términos y montos señalados en el artículo 393-7 del Decreto 2685 de 1999 o las normas que lo modifiquen o adicionen, cuando así se exija, una vez obtenida la autorización, inscripción o habilitación.

El Usuario Operador, no pueden haber sido sancionados por improcedencia en las devoluciones de impuestos durante los últimos cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud. 

El solicitante, los miembros de la junta directiva, los representantes legales, socios y accionistas deberán estar inscritos en el Registro Único Tributario, de conformidad con lo dispuesto en el Estado Tributario, cuando a ello hubiere lugar.

Cuando el área de terreno se encuentre separada por una vía pública o un accidente geográfico, podrá considerarse excepcionalmente continua por parte de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas, previo concepto favorable del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, siempre que la misma se pueda comunicar por un puente o túnel de uso privado y se garantice el cerramiento de la Zona Franca

Presentar un cronograma en  el que se precise la realización del cerramiento del 100% del área declarada como zona franca antes del inicio de las operaciones propias de la actividad de zona franca, de manera que la entrada o salida de personas, vehículos y bienes deba efectuarse necesariamente por las puertas destinadas para el control respectivo. Se podrá realizar un cerramiento provisional durante la fase de construcción del proyecto.

 

La persona jurídica, sus representantes legales, socios y el personal directivo de la misma  no pueden haber sido sancionados por improcedencia en las devoluciones de impuestos durante los últimos cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud. 

Adjuntar plano topográfico y fotográfico con la ubicación y delimitación precisa del área para la que se solicita la declaratoria de Zona Franca.

Presentar el Plan Maestro de Desarrollo General de la Zona Franca con: -Resumen ejecutivo del Proyecto - Descripción detallada del proyecto - Cuantia de inversión y plazos - Cronograma de cumplimiento de plazos - Impacto económico y beneficio social del Proyecto - Componente de reconversión industrial - Anexos de los estudios de factibilidad técnica, económica, financiera, de mercado y jurídica.  

 

El solicitante, los representantes legales, socios o accionistas y personal directivo no pueden tener deudas exigibles en materia tributaria, aduanera o cambiaria, deudas por sanciones y demás acreencias a favor de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a la fecha de la presentación de la solicitud, salvo aquellas sobre las cuales existan acuerdos de pago vigentes, para lo cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo consultará a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Debe tener las condiciones necesarias para ser dotada de infraestructura para las actividades industriales, comerciales o de servicios a desarrollar.

Acreditar que el Proyecto de Zona Franca está acorde con el plan de desarrollo del municipio o distrito.

 

Señalar los equipos que se utilizarán para el cargue, descargue y pesaje para el ingreso y salida de las mercancías de la zona franca cuando a ello hubiere lugar, así como la ubicación en los planes de las cámaras que permitan monitorear desde las oficinas de la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el ingreso y salida de mercancías de la Zona Franca.

 

Acreditar que el Proyecto de Zona Franca se encuentra conforme a lo exigido por la autoridad ambiental. 

 

Deberá no estar realizando las actividades que la Zona Franca planee promover. 

 

 

 

Cumplir los demás requisitos exigidos por las normas especiales que regulen la actividad que se pretenda desarrollar o el servicio a prestar.

Fuente: Elaborado por Legiscomex.com con información del Decreto 1300 del 18 de junio del 2015 emitido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.