Regímenes aduaneros
1.Regímen definitivo
Se entiende por régimen de importación definitiva la entrada de mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado. Por lo tanto, se deberán pagar los impuestos de comercio exterior y, si es el caso, cuotas compensatorias o medidas de transición, así como al cumplimiento de las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y de las formalidades para su despacho.
Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.
Es importante tener en cuenta que hay que estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes y en el Padrón de Exportadores Sectorial, si se trata de bebidas con contenido alcohólico y cerveza; alcohol y alcohol desnaturalizado; mieles incristalizables y tabacos labrados.
De igual forma, es necesario contratar los servicios de un agente aduanal que a nombre del exportador se presente el pedimento de exportación ante la aduana.