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Proceso general de una importación/Guía práctica

Aceptación de la cotización y establecimiento del medio de pago

Existen 13 modalidades de medios de pago. Giro directo, cuentas de compensación y cartas de crédito son las más utilizadas en operaciones de comercio internacional.

Por: Legiscomex

¿Visualiza un buen negocio en una importación, pero no sabe cómo pagarle a su proveedor? ¿Ya ha importado y pagado por esta mercancía pero se pregunta si tiene más alternativas a la hora de pagar? ¿Ha conseguido un proveedor en el exterior pero no sabe cómo le va a pagar? ¿Es usted un importador regular pero solo ha pagado por medio de una carta de crédito?

Seguramente más de una vez ha encontrado que existe un excelente proveedor de la materia prima que necesita en el exterior, pero le asusta entrar al mundo del comercio internacional por temor a no conocer lo que los técnicos llaman medios de pago internacionales.

Los medios de pago internacionales son simplemente los que se emplean para pagar operaciones en el exterior.

Clases de medios de pago

De acuerdo con el Manual para Importadores y Exportadores, de Rogelio Perilla, actualmente, existen 13 formas para pagar una operación de comercio internacional:

1. Giro directo: es conocido como compra o reintegro de divisas, es decir, la venta de moneda extranjera, que es recibida por el residente en cheque, transferencia o efectivo, por la prestación de un servicio o la comercialización de un bien.

2. Carta de crédito: es el primer mecanismo utilizado para prevenir el riesgo del no pago, debido a que la transacción generalmente se presenta entre los intermediarios financieros, es decir, los bancos, pues los pagos provienen directamente de estas entidades y respaldan a los empresarios.

Según la forma de pago pueden ser cartas de crédito vista, que son a contra entrega o a presentación de los documentos. Específicamente no dan plazo para el pago al beneficiario, en cuyo caso es el exportador.

La otra forma puede ser carta de crédito de aceptación o de pago diferido, en la que el beneficiario concede plazo para el pago, a partir del despacho de la mercancía.
Es emitida por un banco (emisor) a solicitud del importador, quien ordena el pago una vez se hayan cumplido todos los requisitos exigidos en ella. Por medio de la carta de crédito, se autoriza a otro banco (corresponsal), ubicado en el país del exportador, a cancelar a este una cantidad de dinero previa a la presentación de los documentos que comprueben el embarque (factura, documento de transporte y seguro). Este pago es por cuenta y riesgo del banco emisor.

El importador, quien establece los términos y condiciones de la carta de crédito, cancela su compra una vez que ha recibido del banco emisor los documentos que comprueban el embarque de la mercancía.

Los créditos documentarios pueden ser revocables e irrevocables, confirmados o sin confirmar, transferibles o intransferibles, pero el preferido es la carta de crédito confirmada, ya que en este caso el banco emisor le solicita al banco corresponsal que confirme la carta al exportador y de este modo el banco en Colombia asume un compromiso de pago irrevocable con él, independiente del reembolso que deba recibir del banco emisor. Si no es confirmada, el banco en Colombia paga la carta solo cuando haya recibido el reembolso del banco emisor.

3. Cuentas de compensación: son cuentas en el exterior abiertas por residentes en el país, utilizadas para recibir transacciones por concepto de pagos o emisión de pagos, tanto de exportación como de importación.

Una cuenta corriente en el exterior utilizada para este fin debe ser registrada ante el Banco de la República con el número de la misma y las transacciones que se deriven de ella. Para este efecto, se debe diligenciar el formulario 009 y el 010, en la que se indique el número de la cuenta y los movimientos que se hacen a través de ella.

No importa cuál sea el mecanismo que se utilice, siempre es importante analizar el instrumento más conveniente para la financiación en cualquier operación y evitar pérdidas en el envío de las mercancías.

4. Financiación del intermediario del mercado cambiario: las operaciones internacionales pueden ser canceladas, a través de financiaciones que los importadores adquieren con los intermediarios cambiarios y bancos del exterior.

Al vencimiento de la financiación, el importador deberá adquirir divisas a través del mercado cambiario a la tasa de mercado establecida presentando la declaración de cambio.

5. Financiación directa del proveedor: el proveedor de las mercancías importadas puede otorgar plazo al importador para su pago. Al vencimiento del crédito del proveedor se deberá realizar giro al exterior, por medio de la adquisición de divisas en los intermediarios del merado cambiario o a través de la cuenta de compensación.

6. Crédito externo de mediano y largo plazo: si el plazo de la financiación es superior a seis meses contados a partir del documento de transporte, la operación requiere reporte al Banco de la República.

7. Leasing (arrendamiento financiero): las importaciones podrán financiarse bajo la modalidad de arrendamiento financiero cuando su plazo sea superior a 12 meses y se trate de bienes de capital definidos por la Junta Directiva del Banco de la República, para realizar su pago deberá diligenciar la declaración de cambio por endeudamiento externo.
8. Pago con tarjeta de crédito internacional: en las importaciones por valor superior a USD10.000 o su equivalente en otras monedas, los importadores deberán presentar al momento de efectuar el pago al intermediario del mercado cambiario la declaración de cambio por importación de bienes sin tener en cuenta si la financiación es o no superior a 6 meses.

Cuando el valor es igual o inferior a USD10.000, el comprobante de pago o registro hará las veces de declaración de cambio.

9. Pagos de importaciones en moneda legal: este pago es procedente si se canaliza a través de los intermediarios del mercado cambiario, mediante el abono a las cuentas corrientes en moneda legal abiertas por los exportadores no residentes o por entidades financieras del exterior.

10. Pagos anticipados: son los pagos que se efectúan antes de ingresar la mercancía al territorio nacional, puede ser hasta el 100% del valor de la operación.

11. Inversión extranjera directa: para la compra o venta de divisas por concepto de inversiones internacionales deberá diligenciarse la Declaración de Cambio por inversiones internacionales individualmente por cada inversionista y tipo de operación.

12. Cobranzas: este mecanismo permite que el proveedor de las mercancías otorgue un plazo al importador para su pago, condicionado al establecimiento de una libranza que deberá canalizar a través de un intermediario bancario quien entregará los documentos de embarque una vez establecida la respectiva cobranza la cual puede ser a la vista o por aceptación.

13. Combinación de las formas de pago

Otros medios de pago

Existen otros medios para pagar las compras en el exterior, que pueden ser aún más baratos, pero que al mismo tiempo exigen un grado de confianza mayor entre las partes.

Algunos de estos medios de pago son: el cheque personal, el cheque bancario, la transferencia y orden de pago simple y la remesa simple.

Incluso, existen formas de pago internacionales no monetarias como el trueque (barter) y la contracompra. Estas son usadas si se necesita operar una actividad comercial con poca o nula cantidad de dinero. Los países que tienen bloqueadas sus monedas a menudo utilizan este método.

El siguiente gráfico muestra una completa clasificación de los medios de pago internacionales.

Convenio de pagos y créditos de la Aladi

En el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) funciona el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos consistente en un sistema concebido por los bancos centrales para facilitar, sostener y expandir el comercio recíproco y las relaciones financieras de sus respectivos países.

Es un convenio suscrito por 12 bancos centrales, a través del cual se cursan y compensan entre ellos, durante periodos de cuatro meses, los pagos derivados del comercio de los países miembros, de bienes originarios y de servicios efectuados por personas residentes, de modo que al final de cada cuatrimestre solo se transfiere o recibe, según resulte deficitario o superavitario, el saldo global del banco central de cada país con el resto

La gran diferencia con un crédito documentario común es que debe hacerse expreso en el contrato de compraventa.

Una vez el exportador cumpla con los requisitos, este puede cobrar el pago en su banco local, a quien el banco central de su país le reembolsará el dinero.

Al negociar con este mecanismo, el importador no tiene que preocuparse por demostrarle solvencia a su proveedor en el exterior, ya que este cuenta con la garantía de cobro a través del banco central de su país.

Hay que tener en cuenta dos aspectos importantes:

  • Este mecanismo solo puede usarse en el comercio de mercancías originarias y negociadas en los países participantes. Así mismo, los bancos centrales cuentan con un listado de bancos autorizados para realizar dicha operación.

  • El sistema tiene un costo adicional a favor de los bancos centrales.

  • Lo que está por venir

    Un mecanismo muy difundido, especialmente en el mundo financiero desarrollado, es el factoring internacional, el cual es un contrato donde un vendedor le cede al “factor” (la empresa que realiza el factoring), antes de su vencimiento, los instrumentos de pago recibidos de sus ventas en el exterior.

    Una de sus ventajas es que le evita al comprador en el exterior, es decir, al importador, incurrir en gastos como la apertura de una carta de crédito. Además, le brinda liquidez al exportador, al convertir las ventas a crédito, en ventas de contado.

    En Sudamérica, Chile es el líder en el uso del factoring como medio de pago internacional, de acuerdo con el ranking de Factors Chain International (FCI). Colombia solo apareció en el mismo ranking hasta 1999.

    Tecnología y medios de pago

    El desarrollo del comercio electrónico seguramente va a modificar los medios de pago internacionales tal y como se conocen hoy en día. Los autores Michael R. Czinkota e Ilkka A. Ronkainen, hacen alusión a la posibilidad de la “creación de una red mundial de ejes de comercio electrónico y el manejo de una tarjeta inteligente que permita a las compañías participantes realizar negocios financieros en línea”, específicamente la emisión de cartas de crédito y su verificación.

    Ya hoy existen sistemas que permiten la realización de operaciones de comercio exterior y ofrecen sistemas para pago en línea a escala mundial. Un buen ejemplo del uso de esta tecnología es la corporación SciNet (http://www.scinet-corp.com), que ofrece un sistema de pago tanto para operaciones convencionales como de intercambio (trueque o barter, compensación, buy-pack y contracompra).

    En el campo del factoring también el desarrollo tecnológico ha jugado un papel muy importante. Factors Chain International, por ejemplo, creó un sistema de comunicación en línea (edifactoring.com) que funciona a través de intercambio electrónico de datos y que ha reemplazado el envío de información por medio de fax o correo, lo cual incrementa notablemente la eficiencia y disminuye los costos de la negociación.

    Para tener en cuenta

  • Acérquese a las instituciones financieras y a las cámaras de comercio para obtener información adicional sobre el tema de medios de pago internacionales.

  • Las normas internacionales que regulan la operación de cartas de crédito documentario están contenidas en la publicación N°500 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), pero la orden de pago no tiene una legislación específica.

  • Las órdenes de pago se pueden extender vía carta de instrucciones, cheque, télex o swift y no es indispensable usar los servicios de un banco.

  • Por disposición de la CCI, en principio todos los gastos que genera una cobranza van por cuenta del importador.

  • Los gastos derivados del uso de la carta de crédito como medio de pago incluyen la comisión y gastos de apertura más los intereses de financiamiento al importador (si correspondiere), los gastos de notificación al exportador, la comisión de negociación y, eventualmente, la comisión de confirmación.

  • En una carta de crédito, los gastos bancarios fuera del país de quien la envía pueden cubrirlos ya sea el exportador o el importador según se acuerde, pero generalmente el banco corresponsal cobra al exportador todos los gastos y comisiones que ha devengado la carta de crédito en el país mandante.

  • Es posible negociar las tarifas de los medios de pago con los bancos, de acuerdo con el volumen de la transacción y la vinculación del banco con el cliente.