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Proceso general de una importación/Guía práctica

Registro ante la Cámara de Comercio y obtención del NIT

Los contribuyentes pueden actuar ante la administración tributaria personalmente o a través de sus representantes o apoderados.

Por: Legiscomex

Una persona natural o jurídica que necesite registrarse ante la Cámara de Comercio debe tener en cuenta los siguientes pasos:

1. Consulta de Nombre.

2. Consulta de Clasificación por Actividad Económica – Código CIIU.

3. Consulta de uso de suelo -Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

4. Trámite ante la DIAN.

De acuerdo con la normatividad tributaria de la DIAN, a partir del 1° de febrero del 2005 para matricularse en el Registro mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, deberá inscribirse previamente en el Registro Único Tributario (RUT).

5. Elaboración del documento de constitución de la sociedad

  • Se debe elaborar en documento privado la minuta de constitución de la sociedad si los activos totales son inferiores a quinientos 500 SMMLV o que tengan una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores.

  • Se debe elaborar en escritura pública en cualquier notaria de la ciudad si los activos totales son superiores a quinientos 500 SMMLV o que tengan una planta de personal superior a diez (10) trabajadores.

    6. Diligenciamiento de formularios de matrícula mercantil

    7. Diligenciamiento de formulario adicional de registro con otras entidades

    8. Presentación de los documentos mencionados en cualquier sede de la Cámara de Comercio

  • Documentos necesarios para inscribirse en la Cámara de Comercio

    No.

    Documento

    1.

    Formulario RUT – Persona Natural

    2.

    Formulario Adicional de Registro con otras entidades

    3.

    Formularios de matricula mercantil con la Cámara de Comercio de Bogotá: Carátula Única y Anexos

    4.

    Documento Original de Identidad de quien se matrícula

    5.

    Según el caso: segunda copia de la escritura pública o documento privado

    Fuente: Cámara de Comercio de Bogotá


    9. Cancelación de los derechos de matrícula en la Cámara de Comercio.

    En caso de que la persona natural ya tenga Número de Identificación Tributaria (NIT), deberá adjuntar el certificado del RUT o fotocopia del NIT.

    La Cámara de Comercio al efectuar la matrícula mercantil de persona natural remitirá a la DIAN la información pertinente para que ésta asigne el NIT, el cual quedará consignado en el Certificado de Matrícula y de Existencia y Representación Legal.

    Recuerde que para quedar formalizado ante la DIAN deberá obtener el certificado del RUT que expide dicha entidad. A partir del primero de noviembre del 2005, el certificado RUT puede ser obtenido por primera vez en cualquier sede de la Cámara de Comercio. Si requiere copias adicionales deberán ser solicitadas directamente en la DIAN.

    Con esto el empresario obtiene:

  • Inscripción en el Registro Mercantil y pago del impuesto de registro para Bogotá y Cundinamarca.

  • Certificado del RUT por primera vez sin necesidad de desplazarse a la DIAN.

  • Asignación del NIT e inscripción en el Registro de Información Tributaria (RIT).

  • Notificación de la apertura del establecimiento a Planeación Distrital, con lo cual se informa a Bomberos, Alcaldías Locales, DAMA (Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente) y Secretaría de Salud.

  • Certificado de matrícula, existencia y representación legal.

  • Registro de libros del comerciante.


    De acuerdo con el Régimen de procedimiento tributario, para efectos tributarios, cuando la Dirección General de Impuestos lo señale, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y declarantes, se identificarán mediante el NIT, que les asigne la DIAN.

    Las cámaras de comercio, una vez asignada la matrícula mercantil, deberán solicitar a más tardar dentro de los dos días calendario siguientes, la expedición del NIT del matriculado a la administración de impuestos nacionales competente, con el fin de incorporar, para todos los efectos legales, dicha identificación a la matrícula mercantil. En las certificaciones de existencia y representación y en los certificados de matrícula siempre se indicará el número de identificación tributaria.

    Para efectos de la presentación de las declaraciones tributarias, aduaneras y el pago de las obligaciones, el documento de identificación será el NIT, asignado por la DIAN, contenido en el RUT.

    Para los obligados a inscribirse en el RUT que realicen este trámite ante las cámaras de comercio, constituye prueba de la inscripción el documento que entregue sin costo la respectiva cámara de comercio, en el formulario prescrito por la DIAN.

    Para efectos de las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero, no estarán obligados a inscribirse en el RUT en calidad de usuarios aduaneros: los extranjeros no residentes, diplomáticos, misiones diplomáticas, misiones consulares y misiones técnicas acreditadas en Colombia, los sujetos al régimen de menajes y de viajeros y los transportadores internacionales no residentes, las personas naturales destinatarias o remitentes de mercancías bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, salvo cuando utilicen la modalidad para la importación y/o exportación de expediciones comerciales.

    Estos usuarios aduaneros podrán identificarse con el número de pasaporte, número de documento de identidad o el número del documento que acredita la misión. Lo anterior sin perjuicio de la inscripción que deban cumplir en virtud de otras responsabilidades u obligaciones a que estén sujetos.

  • Procedimiento de asignación del NIT, actualización y cancelación del RUT.

    El trámite se efectúa de manera personal por el interesado presentando el original de su documento de identidad. Cuando el trámite se efectúe a través de apoderado especial se requiere poder debidamente otorgado, con presentación personal y el documento de identificación del apoderado. Cuando se trate de poder general se requiere la presentación de la escritura pública y el documento de identidad del apoderado.

    Si el trámite se hace a través de terceros se requiere solicitud con autenticación de la firma de quien está obligado legalmente a la inscripción, la presentación del documento de identidad del autorizado, la fotocopia del documento de identidad del obligado y el certificado de existencia y representación legal cuando sea del caso.

    Las personas naturales o jurídicas que inicien actividades deberán inscribirse en el RUT, indicando la actividad económica que se vaya a desarrollar.

    De acuerdo con la calidad del contribuyente los requisitos serán los siguientes:

    Contribuyente

    Calidad

    RUT

    Anexos al RUT

    Persona natural

    Menor de edad

     

    Diligenciar el formulario, en original del RUT.

    Documento de identificación del menor y del representante Legal, si este último no es uno de los padres, se debe anexar el documento que otorgue la calidad.

    Persona natural  con cédula de ciudadanía

    Personalmente o con apoderado

    Diligenciar el formulario, en original del RUT.

    1. Original del documento de identidad.                   

    Cuando el trámite se efectúe a través de apoderado especial se requiere poder debidamente otorgado, con presentación personal y el documento de identificación del apoderado.

    Cuando se trate de poder general se requiere la presentación de la escritura pública y el documento de identidad del apoderado.

    Si el trámite se hace a través de terceros se requiere solicitud con autenticación de la firma de quien está obligado legalmente a la inscripción, la presentación del documento de identidad del autorizado, la fotocopia del documento de identidad del obligado y el certificado de existencia y representación legal cuando sea del caso.             

    Persona natural comerciante con cédula de ciudadanía

    Mayor de 18 años

     

    Diligenciar el formulario, en original del RUT.

    1. Cédula de ciudadanía del interesado si el trámite es personal

    Si el trámite no lo realiza personalmente deberá dar poder debidamente otorgado con presentación personal y la cédula de ciudadanía del autorizado. 

    Persona natural extranjera comerciante

    Con residencia

    Diligenciar el formulario del RUT en original.

    Pasaporte o cédula de extranjería. Si el trámite no lo realiza personalmente deberá dar autorización o poder debidamente otorgado.

    Sin residencia en Colombia, pero con inversión en el país, sea esta permanente o no y sin representante legal

    1. Solicitud firmada por el representante legal de la sociedad que recibe la inversión en Colombia y la actividad  económica a la cual va dirigida la inversión                       

    2. Certificado de existencia y representación de la empresa beneficiada por la inversión.

    3. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la sociedad beneficiada por la inversión.       

    Sin residencia en el país, pero con inversión en Colombia, sea esta permanente o no y con representante legal o apoderado

    1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del apoderado o representante legal               

    2. Poder otorgado al representante legal o apoderado en Colombia debidamente legalizado. Si es otorgado en el exterior la legalización debe ser consular

    3. Carta del inversionista donde conste el tipo de inversión que va a realizar en Colombia autenticada por el cónsul del país respectivo o de un país amigo.                  

    Personas jurídicas nacionales

    Comunidades o juntas de copropiedad y propiedad horizontal reglamentadas por la Ley 675 del 2001.

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Certificación de existencia y representación de la persona jurídica expedida por la alcaldía que corresponda al domicilio de la comunidad o propiedad horizontal.

    2. Fotocopia del acta de la asamblea que nombra al administrador.            

    3. Fotocopia del documento de identificación del administrador.

    Iglesias y congregaciones religiosas, así como sus federaciones y confederaciones

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    La acreditación de la existencia y representación, expedida por la autoridad eclesiástica.

    Sociedades de hecho

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Documento privado en el cual conste la constitución de la sociedad, razón social, domicilio, objeto, socios y nombre del representante.                       

    2. Fotocopia del documento de identificación de los socios.   

    Para efectos del registro en el RUT la identificación de la sociedad de hecho corresponderá al nombre de los socios acompañado de la sigla S. de H. En el evento de indicar un nombre social establecido, este se acompañará de las siglas S. de H.              

    Para el trámite de inscripción de la sociedad, se sugiere que cada una de las personas que conforman la sociedad esté inscrita previamente en el registro único tributario.       

    Las sociedades de hecho no están sujetas al registro en cámaras de comercio.                   

    Consorcios y uniones temporales.

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal del consorcio o unión temporal.

    2. Presentación del documento privado donde conste la conformación del consorcio o la unión temporal, que debe contener por lo menos: nombre del consorcio o de la unión temporal, domicilio consorcial, representante legal y el objeto del consorcio.                  

    3. Certificado de existencia y representación legal vigente de cada una de las sociedades o certificado de registro mercantil para personas naturales que conformen el consorcio o la unión temporal, expedido por la cámara de comercio o entidad competente.

    Entidades sin ánimo de lucro

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Copia del documento que les   otorga la personería jurídica.

    2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

    Sociedades comerciales

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal. 2. Documento que acredite la constitución de la sociedad.

    Cámaras de comercio

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Fotocopia del documento que acredite la representación legal.

    2. Cédula de ciudadanía del representante legal.              

    Fondos de inversión, fondos mutuos de inversión y fondos de valores con capital nacional.

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia de Colombia vigente.                       

    2. Fotocopia del documento de identificación del representante legal.              

    3. El representante legal debe indicar la actividad económica a la cual va dirigida la inversión.               

    Personas jurídicas sin domicilio en Colombia

    Fondo de inversión de capital extranjero tipo individual (persona natural o jurídica extranjera

     

    1. Fotocopia de la carta del inversionista, debidamente autenticada por el cónsul del país respectivo donde conste: el propósito de invertir en Colombia, tipo de inversión, nombre del administrador responsable.

    2. Certificado de existencia y representación legal del administrador colombiano del fondo, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia de Colombia para fiduciarias y comisionistas de bolsa vigente.

    3. Fotocopia del documento de identificación del representante legal de la sociedad administradora o comisionista de bolsa.

    El representante legal de la sociedad administradora o comisionista de bolsa en Colombia debe indicar la actividad económica a la cual va dirigida la inversión.

     

    Fondos de inversión de capital extranjero tipo institucional (sociedades extranjeras) sin domicilio en Colombia diferentes a los que tengan sucursales, fondos institucionales tipo ómnibus.

     

     

    Tramitar el formulario del RUT en original.

     

     

    1. Fotocopia de la resolución de autorización de la inversión, por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia de Colombia, en la cual debe figurar: la razón social del fondo, nombre del administrador en Colombia, que puede ser una sociedad fiduciaria o comisionista de bolsa.

    2. Oficio del administrador en Colombia en el cual relacione las subcuentas extranjeras para el caso de los fondos institucionales tipo ómnibus.

    3. Certificado de existencia y representación legal, del administrador del fondo en Colombia, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia de Colombia para fiduciarias y comisionistas de bolsa vigente.

    4. Fotocopia del documento de identificación del representante legal de la sociedad administradora o comisionista de bolsa.

    El representante legal, del administrador del fondo en Colombia debe indicar la actividad económica a la cual va dirigida la inversión.

    Sociedades extranjeras con inversión y sin representante legal (inversiones de portafolio).

    Tramitar el formulario del RUT en original.

     

    1. Copia del registro de la inversión de portafolio en donde conste: el tipo de fondo de inversión de capital extranjero, monto de la inversión, administrador local y el objeto de la inversión.

    2. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad colombiana en la cual se realiza la operación, expedido por la entidad competente y que se encuentre vigente.

    3. Fotocopia del documento de identificación del representante legal o apoderado de la sociedad colombiana que recibe la inversión.

    El representante legal de la sociedad en Colombia que recibe la inversión, debe indicar la actividad económica a la cual va dirigida la inversión.

    Sociedades extranjeras con inversión en Colombia, diferentes a los que tengan sucursales y con representante legal o apoderado.

    Tramitar el formulario del RUT en original.

    1. Poder otorgado por el representante legal de la sociedad extranjera autenticado ante el cónsul del país respectivo, o país amigo, que especifique: tipo de inversión, monto de la inversión, objeto de la misma.

     2. Certificado de existencia y representación legal de la sociedad colombiana por la cual se realiza la operación, expedido por la autoridad competente y que se encuentre vigente.

    3. Fotocopia del documento de identificación del representante legal de la sociedad colombiana o apoderado.

     Cuando se trate de sociedades extranjeras sin domicilio y con inversión en Colombia, su representante legal debe indicar la actividad económica a la cual va dirigida la inversión.

     En el caso de inversión con apoderado en Colombia, que requiere la nueva inscripción en el RUT, si se cuenta con poder general y el representante se mantiene, no será necesario otorgar un nuevo poder.

    Si cuando se efectuó la inversión en Colombia se otorgó un poder especial, y las facultades del mismo no permiten surtir el procedimiento que implica la nueva inscripción en el RUT, será necesario otorgar un nuevo poder con los requerimientos arriba señalados.

    Tratándose de inversiones antiguas que requieren la nueva inscripción en el RUT, si se mantiene en las condiciones originales, no será necesario aportar la carta de inversión, solamente fotocopia de la carta original.