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Prepárese para el nuevo régimen de garantías aduaneras
Uno de los temas clave del nuevo proyecto de Estatuto Aduanero es el régimen de garantías en materia de operaciones de comercio exterior. Por esta razón, su compañía debe estar preparada para las gestiones que deberá realizar con el fin de ajustarse al régimen.
En la última versión de febrero del 2015 se aprecia cómo se pasara del régimen diseminado de garantías particulares del Estatuto vigente a un capítulo general que recoge las diferentes garantías. Se confirma que las garantías pueden ser de índole global o específica, aquellas amparando obligaciones de declarantes y operadores de comercio exterior en sus operaciones y las últimas respaldando el cumplimiento de obligaciones en operaciones particulares.
Aunque la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reglamentará la materia, lo cual puede resultar inconveniente, el proyecto prevé que puedan constituirse, entre otras, fiducias en garantía, endosos de títulos valores y cualquier garantía que proporcione seguridad en el cumplimiento de obligaciones aduaneras. Las garantías globales tendrán una vigencia de un año adicional a la actividad autorizada y las específicas tendrán una vigencia adicional de 6 meses al término de la operación específica. También, el nuevo proyecto señala reglas generales para su constitución y renovación.
A manera de ejemplo, señalamos algunas introducciones particulares: (i) cuando se importen mercancías con exención total de tributos, deberán constituirse garantías por el 10% del valor CIF; (ii) cuando se importen mercancías con exención parcial, deberá constituirse garantía específica por valor del 100% de los tributos a pagar y (iii) las comercializadoras internacionales deberán constituir garantía global equivalente al 1% del valor FOB de las exportaciones de los últimos 12 meses.
Sin perjuicio de la regulación general que introducirá el proyecto, las compañías que realicen operaciones de comercio exterior deberán estar al tanto de la reglamentación que en el futuro expida la DIAN y podrán realizar sus operaciones garantizando el cumplimiento de sus obligaciones. De reglamentarse adecuadamente, este nuevo régimen disminuiría los costos derivados de la permanencia de bienes en depósito o zona primaria aduanera.