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Balance de las relaciones comerciales de Colombia

Tratado de libre comercio (TLC) Colombia-Triángulo Norte
Información general

Por: Legiscomex.com

Según el viceministro de Comercio Exterior, Eduardo Muñoz Gómez, Colombia y los países miembros del Triángulo Norte, integrado por El Salvador, Guatemala y Honduras comparten el interés de lograr mejores condiciones de acceso de sus productos, complementar sus economías y promover inversiones mutuas. Todo esto, con el fin de obtener mayores niveles de desarrollo que beneficien a la población.

El acuerdo comercial con este bloque busca fomentar la presencia de empresarios colombianos en esos mercados y generar mayores beneficios a quienes ya tienen presencia. Del mismo modo, pretende incentivar las inversiones desde y hacia el Triángulo del Norte.

Las negociaciones del tratado de libre comercio (TLC), con los países que conforman el Triángulo Norte, iniciaron el 5 de junio del 2006.

Los países miembros acordaron desarrollar seis rondas que se dividieron de la siguiente manera:

• Acceso a mercados (industria y agricultura).
• Reglas de origen y procedimientos aduaneros.
• Obstáculos al comercio (medidas sanitarias y fitosanitarias y barreras técnicas al comercio).
• Procedimientos y medidas de defensa comercial (disposiciones institucionales y de solución de controversias).
• Contratación pública.
• Servicios de inversión.


Los temas que se trataron la negociación fueron los siguientes:

• Definir un procedimiento para el reconocimiento de zonas libres de plagas o enfermedades, enmarcado en el tema de asuntos sanitarios y fitosanitarios, que en el caso de Colombia el interés está centrado en las zonas libres de aftosa.

• Utilizar las diferentes medidas sanitarias y fitosanitarias de alguno de los países firmantes, según el caso, para lograr el nivel adecuado de protección.

• Crear de un comité de medidas sanitarias y fitosanitarias que estará integrado por las autoridades sanitarias de los cuatro países, así como por representantes de los ministerios de Comercio Exterior y Agricultura. Este comité podrá sesionar de manera virtual para realizar su trabajo y hacer las consultas que sean necesarias.

• Publicar en internet la legislación, los procedimientos administrativos y los formularios que deben diligenciarse para realizar operaciones de comercio exterior.

• Precisar procedimientos rápidos y eficientes para el despacho de las mercancías en el punto de llegada. El objetivo es permitir el retiro de las mismas antes del pago de los impuestos, previa constitución de una garantía.

• Desarrollar sistemas compatibles de intercambio de información entre autoridades aduaneras. Todo enmarcado por las disposiciones de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Además, el desarrollo de un sistema de administración de riesgos que permita enfocar el control hacia el despacho de mercancías de alto riesgo.

• Expedir resoluciones anticipadas relacionadas con: clasificación arancelaria, criterios de valoración aduanera, devolución, suspensión o exoneración de impuestos, origen y aplicación de cuotas.

• Establecer un comité de facilitación del comercio que se encargará de proponer a la comisión administradora del acuerdo modificaciones o ajustes en la materia.

• Suscribir un acuerdo de cooperación y asistencia mutua entre las aduanas, con el fin de mejorar las habilidades técnicas del personal e incrementar el uso de tecnologías que puedan llevar a un mayor cumplimiento de la legislación o regulaciones que rijan las importaciones y exportaciones de los países firmantes.

• Verificar que los inversionistas de Colombia y de El Salvador, Guatemala y Honduras gocen de protección según estándares internacionales. Se dará trato nacional y trato de nación más favorecida a los inversionistas.

• Acordar los procedimientos para que un inversionista de cualquiera de los países integrantes del acuerdo lleve una controversia ante la jurisdicción nacional del país receptor de la inversión.

• Permitir al Estado y al inversionista sostener consultas durante un periodo prudencial, antes de que un caso sea llevado al arbitraje internacional. Con esto se busca que las partes sostengan conversaciones con miras a llegar a un arreglo amigable o a preparar su estrategia de defensa con suficiente antelación.

• Acordar los principios básicos de liberalización, en materia de servicios transfronterizo, de no discriminación por nacionalidad y no imposición de barreras numéricas (de ingreso de personas y/o empresas) a los prestadores de servicios, entre otros.

• Aceptar las evaluaciones de riesgo del país exportador cuando el importador no las tenga. En estas se incluyen las propuestas de mitigación de riesgo.

• Establecer el formato e instructivo de llenado de certificado de origen que será utilizado por exportadores o productores para el comercio preferencial entre los países.

• Otorgar tratamiento preferencial de origen para los productos del mar obtenidos fuera del territorio de los países del acuerdo, por naves pesqueras registradas o matriculadas en alguno de estos países y que lleven la bandera del país, o por naves pesqueras arrendadas por empresas establecidas en el territorio de uno de los países.

• Definir los requisitos específicos de origen para sectores como calzado, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, algunas manufacturas de hierro y acero, herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, calderas y artefactos mecánicos, refrigeradores y lavadoras entre otros.

• Preservar los derechos y obligaciones adquiridos, si un país decide denunciar el tratado (retirarse), se mantendrán por 180 días y quedarán preservadas por 10 años las condiciones para la inversión.

• Acordar la posibilidad de acudir al Tribunal de Arbitramento cuando la controversia no se haya podido solucionar en consultas normales. Además, se dará un plazo de dos meses para que la Comisión Administradora se pronuncie para resolver las controversias que sean sometidas a su consideración por la parte reclamante.

• Incluir en el texto del acuerdo un artículo relacionado con la política de competencia, según el cual, los países promoverán las acciones que resulten necesarias para disponer de un marco adecuado para identificar y sancionar eventuales prácticas restrictivas de la libre competencia.

• Agilizar el proceso de entrega de visas para los hombres de negocio.

• Facilitar para la prestación de servicios profesionales el desarrollo de procedimientos para lograr reconocimiento mutuo y licenciamiento temporal entre las partes.

• Regir los servicios profesionales de los países involucrados en esta negociación de acuerdo con la normativa propia de cada país.

Fuente: Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Analdex, Ministerio de Economía de El Salvador.