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Normativa

Consejo de Estado recuerda que la distribución de los derivados del petróleo tiene una base gravable especial

El Consejo de Estado reiteró que el recurso de apelación no constituye una oportunidad procesal para incluir en el debate jurídico hechos que no fueron discutidos en sede administrativa, sino que debe contraerse a las razones de inconformidad frente a lo decidido por el a quo. Lo anterior se generó luego de que fuera negada la apelación presentada por el municipio de Cali a la decisión de la primera instancia en el que se declaró la nulidad de una liquidación oficial de revisión para el impuesto de industria y comercio, avisos y tableros (ICA). En el caso concreto, el alto tribunal recordó que la Ley 383 de 1997 dispuso una base gravable especial para la actividad de distribución de los derivados del petróleo, que se conforma por el margen de comercialización de combustible y no por la totalidad de los ingresos brutos obtenidos (C.P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).

Por: Legiscomex.com