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Normativa

La DIAN asumirá únicamente el pago de los bodegajes causados desde el día de la aprehensión para aquellos casos en que esta entidad ordene la entrega de mercancías aprehendidas

Por: DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señaló que para aquellos casos en que se ordene la entrega de mercancías aprehendidas, o se revoque su abandono o decomiso, esta entidad asumirá únicamente el pago de los bodegajes causados desde el día de la aprehensión o de la configuración de abandono y hasta los 10 días calendarios siguientes, contados a partir de la firmeza del acto administrativo que ordena la entrega de las mercancías.