Normativa
La DIAN instruyó sobre el procedimiento para importar teléfonos móviles celulares, inteligentes y sus partes
Circular 14 emitida por la DIAN el 30 de noviembre del 2015.
Ante la entrada en vigencia del Decreto 2015 del pasado 16 de octubre del 2015 mediante el cual se establecieron medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares, y sus partes, clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) impartió instrucciones sobre los procedimientos para importar y exportar estos teléfonos y sus partes. La autoridad aduanera deberá verificar los International Mobile Equipment Identity (IMEI) relacionados en el documento respectivo y que no estén en la base de datos positiva o negativa del Ministerio de las TIC, consultar si la marca o modelo se encuentran homologados por la CRC y verificar la inscripción en el registro policial creado para el efecto. La DIAN recordó las restricciones para importar bajo las modalidades de tráfico postal y viajeros.