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Normativa

La DIAN instruyó sobre el procedimiento para importar teléfonos móviles celulares, inteligentes y sus partes

Circular 14 emitida por la DIAN el 30 de noviembre del 2015.

Por: DIAN

Ante la entrada en vigencia del Decreto 2015 del pasado 16 de octubre del 2015 mediante el cual se establecieron medidas para controlar la importación y exportación de teléfonos móviles inteligentes, teléfonos móviles celulares, y sus partes, clasificables en las subpartidas 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00 del Arancel de Aduanas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) impartió instrucciones sobre los procedimientos para importar y exportar estos teléfonos y sus partes. La autoridad aduanera deberá verificar los International Mobile Equipment Identity (IMEI) relacionados en el documento respectivo y que no estén en la base de datos positiva o negativa del Ministerio de las TIC, consultar si la marca o modelo se encuentran homologados por la CRC y verificar la inscripción en el registro policial creado para el efecto. La DIAN recordó las restricciones para importar bajo las modalidades de tráfico postal y viajeros.