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Normativa

La importación de armas y municiones y sus partes y accesorios solo puede ser realizada a través de la Industria Militar (Indumil)

Por: DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó que la importación de armas y municiones y sus partes y accesorios tales como anteojos de visión nocturna y repuestos del Ejército Nacional, solo puede ser realizada a través y por intermedio de la Industria Militar (Indumil) y bajo ninguna circunstancia por un particular. Tampoco podrán ingresar bajo el régimen de viajeros y en caso de aprehensión, no es posible legalizar dadas las condiciones especiales de seguridad y defensa nacional que impiden su rescate. De otra parte, el impuesto social a las armas no se causa en la importación, toda vez que será pagado por quienes las porten en el territorio nacional.