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Colombia

Colombia define lugares para ingreso de chatarra

La Dirección de Impuesto y Aduanas Nacionales, DIAN, expidió la Resolución 000070 del 2014, para la prohibición al ingreso de chatarra ferrosa y no ferrosa por Arauca, Cúcuta, Maicao, Riohacha y Puerto Carreño.

Por: DIAN

La DIAN, expidió la Resolución 000070 del 2014, por la cual modificó el artículo 39-1 de la Resolución 4240 de 2000, en lo relativo a las prohibición al ingreso de mercancías, en especial, estableciendo en su numeral 5 la prohibición del ingreso de chatarra ferrosa y no ferrosa por las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de: Arauca, Cúcuta, Maicao, Riohacha y Puerto Carreño.

La medida es tomada por la Entidad con el fin de tener un control al contrabando. Igualmente para contrarrestar este fenómeno, se está estudiando la posibilidad de requerir la presentación de la declaración de importación anticipada de estos y otros productos.

Por otra parte, con esta resolución, queda claro que el Gobierno Nacional no modifica las medidas administrativas hasta el momento adoptadas, tendientes al ingreso o salida de mercancías, tales como: licores o cigarrillos.