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Menos trámites para los exportadores

Certificado al proveedor, vía Internet

La medida beneficiará a las comercializadoras internacionales ya que podrán descontar en forma directa el IVA y/o la Retención en la Fuente, sin esperar a que la DIAN haga la devolución de estos pagos.

Por: legiscomex.com

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El Certificado al Proveedor, documento que emiten las Sociedades de Comercialización Internacional (C.I.) a los proveedores de materias primas, productos terminados o servicios intermedios de la producción, comenzó a ser expedido por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo vía Internet. Dicho documento permite que las C.I. puedan ser exoneradas del pago del IVA y/o Retención en la Fuente, siempre y cuando las mercancías objeto de los certificados sean exportadas. La medida, que ha tenido un impacto positivo especialmente en las C.I. de los sectores agroindustrial y de la industria liviana, le permitirá tanto al Mincomercio como a dichas comercializadoras ahorros en costos, tiempo y trámites. Hasta el año anterior, las copias de los certificados al proveedor emitidos por las Sociedades de Comercialización Internacional eran enviadas en forma física al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, originando gran acumulación de documentos, los cuales eran revisados y clasificados en forma manual, acarreando demoras en el proceso. Las comercializadoras internacionales, por su parte, debían tramitar y remitir grandes volúmenes de documentos al Ministerio, con incremento en los costos en papelería y servicio de correo. Con la medida, tanto las comercializadoras internacionales como los proveedores se beneficiarán, por cuanto las primeras podrán descontar en forma directa el IVA y/o la Retención en la Fuente, sin esperar a que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) haga la devolución de dichos pagos. En el caso del proveedor, contará con comercializadoras más ágiles para promocionar sus productos. En Colombia hay inscritas 1.632 comercializadoras internacionales, 58% de las cuales suman en exportaciones no tradicionales cerca del 35% del total vendido en el exterior. Vale recordar que desde el año anterior, el Mincomercio estableció sanciones para las comercializadoras internacionales que utilicen el régimen en forma indebida, es decir, que no estén cumpliendo con exportar las materias primas, bienes o servicios sobre los cuales se aplica la exención de impuestos, entre otras causas.