Cartilla transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas
Obligaciones de la empresa que transporta mercancías peligrosas
Legiscomex.com, con información del Decreto No. 1609 del 31 de julio del 2002, pone a su disposición la normativa relacionada con el transporte terrestre de mercancías peligrosas para así dar a conocer los requisitos técnicos y de seguridad para el manejo y transporte por carretera de este tipo de carga en todo el territorio nacional.
Además de las obligaciones contempladas en las normas vigentes para el transporte terrestre automotor de carga por carretera, en el Código Nacional de Tránsito Terrestre y en la Norma Técnica Colombiana de cada clase, la empresa que transporta mercancías peligrosas está obligada a :
a. Crear el “Plan de Contingencia para la atención de accidentes durante el transporte de la mercancía”. Estos pueden ser parte del plan de contingencia general o integral de la empresa.
b. Cuando las operaciones de cargue y/o descargue de mercancías peligrosas se lleve a cabo en las instalaciones de la empresa de transporte de carga, se debe diseñar y ejecutar un programa de capacitación y entrenamiento sobre el manejo de procedimientos operativos normalizados y prácticas seguras para todo el personal que interviene en las operaciones de embalaje, cargue, descargue, almacenamiento, movilización, disposición adecuada de residuos, descontaminación y limpieza. Adicionalmente, debe cumplir con la Ley 55 del 2 de julio de 1993.
c. Avalar que el conductor del vehículo que transporte este tipo de mercancías tenga el “certificado del curso básico obligatorio de capacitación para conductores”. Este curso es reglamentado por el Ministerio de Transporte.
d. Exigir al remitente que la carga esté debidamente etiquetada, rotulada, embalada y envasada conforme a lo estipulado en la NTC 1692.
e. La empresa debe asegurarse que el vehículo y las unidades de transporte estén debidamente identificados.
f. Para el transporte de material radioactivo, se debe garantizar la evaluación de la dosis de radiación recibida por los conductores y las personas que estuvieron implicadas en su manejo. Éstos debe estar inscrito a un servicio de dosimetría personal licenciado por la autoridad reguladora en materia nuclear.
g. Garantizar que el vehículo vaya dotado de equipos y elementos de protección para atención de emergencias, tales como: extintor de incendios, ropa protectora, linterna, botiquín de primeros auxilios, equipo de recolección y limpieza, material absorbente y los demás equipos y dotaciones especiales.
h. Antes de cada recorrido, crear y entregar al conductor, un plan de transporte con la siguiente información: