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Ejemplo para liquidar los tributos de calzado, Decreto 4927

Mediante este ejemplo se muestra la liquidación de tributos para la importación de calzado con un gravamen del 15%, según el Decreto 4927 del 2011. Se debe tener en cuenta que esta norma estableció un arancel del 10% para las partes de calzado, suelas, tacones, plantilla y demás (partida arancelaria 64.06).

Por: Legiscomex.com

El valor CIF de la importación de los dos pares de calzado para deporte es de COP74.800, al que se le aplica un arancel del 15%, correspondiente a COP11.220, para un total de COP86.020, al que se liquida el IVA del 16%, equivalente a COP13.763, lo que nos genera un costo total de la mercancía más tributos de COP99.783.

En este caso, según el Decreto 4927 del 2011, el total de tributos que se cancela en la importación de los dos pares de zapatos asciende a COP24.983.

 
 

Liquidación de Tributos Aduaneros

Ejemplo

Pagos

Concepto

COP

Valor CIF (Costo, Seguro y Flete)      2 pares de calzado X 37.400 = 74.800

74.800

Gravamen Ad Valorem a la importación Decreto 4927 del 2011

15%

Valor del gravamen Ad Valorem en Pesos Colombianos (COP)

11.220

Subtotal

86.020

IVA 16%

16%

Valor del IVA

13.763

Valor CIF más Tributos Aduaneros

99.783

 

 

Resumen

Valores/Gravamen

Arancel

11.220

Porcentaje del Arancel

15%

IVA

13.763

Porcentaje del IVA

16%

Fuente: Elaborado por Legiscomex.com, con información del Concepto 77946 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)