Ejemplo para liquidar los tributos de calzado, Decreto 4927
Mediante este ejemplo se muestra la liquidación de tributos para la importación de calzado con un gravamen del 15%, según el Decreto 4927 del 2011. Se debe tener en cuenta que esta norma estableció un arancel del 10% para las partes de calzado, suelas, tacones, plantilla y demás (partida arancelaria 64.06).
El valor CIF de la importación de los dos pares de calzado para deporte es de COP74.800, al que se le aplica un arancel del 15%, correspondiente a COP11.220, para un total de COP86.020, al que se liquida el IVA del 16%, equivalente a COP13.763, lo que nos genera un costo total de la mercancía más tributos de COP99.783.
En este caso, según el Decreto 4927 del 2011, el total de tributos que se cancela en la importación de los dos pares de zapatos asciende a COP24.983.
Liquidación de Tributos Aduaneros | |
Ejemplo |
Pagos |
Concepto |
COP |
Valor CIF (Costo, Seguro y Flete) 2 pares de calzado X 37.400 = 74.800 |
74.800 |
Gravamen Ad Valorem a la importación Decreto 4927 del 2011 |
15% |
Valor del gravamen Ad Valorem en Pesos Colombianos (COP) |
11.220 |
Subtotal |
86.020 |
IVA 16% |
16% |
Valor del IVA |
13.763 |
Valor CIF más Tributos Aduaneros |
99.783 |
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Resumen |
Valores/Gravamen |
Arancel |
11.220 |
Porcentaje del Arancel |
15% |
IVA |
13.763 |
Porcentaje del IVA |
16% |
Fuente: Elaborado por Legiscomex.com, con información del Concepto 77946 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) |