Normativa
La DIAN informó que los cuerpos de bomberos oficiales, voluntarios y aeronáuticos estarán exentos del pago de impuestos, aranceles y nacionalización en la adquisición por compra o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que los cuerpos de bomberos oficiales, voluntarios y aeronáuticos y los demás órganos operativos del sistema para la prevención y atención de desastres estarán exentos del pago de impuestos, tasas o contribuciones, aranceles y nacionalización en la adquisición por compra o donación de vehículos, equipos o elementos nuevos o usados. No obstante, los criterios establecidos por el legislador para la aplicación de los beneficios tributarios estarán dados en razón a las siguientes condiciones: a la calidad de los beneficiarios: cuerpos de bomberos oficiales, voluntarios y aeronáuticos; operaciones excluidas: compras o donaciones; tipo de bienes que gozan del beneficio: vehículos, equipos, elementos nuevos o usados; destinación: utilizados para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates a la actividad bomberil y la atención de incidentes con materiales peligrosos. En la medida en que las operaciones que realicen los cuerpos de bomberos cumplan las condiciones establecidas en el marco de ley, estas se encontrarán excluidas del impuesto sobre las ventas.