Normativa
La UPME estableció los requisitos y la lista de bienes y servicios que gozan de la exclusión del IVA y la exención de arancel en proyectos de FNCE
Resolución 45 emitida por la Unidad de Planeación Minero Energética el 3 de febrero del 2016.
La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) estableció los procedimientos y requisitos para obtener la exclusión del IVA en la compra de equipos, elementos, maquinarias y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversión e inversión para la producción a partir de Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) y la exención de gravámenes arancelarios para los titulares de nuevas inversiones en proyectos de FNCE en la importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para labores de preinversión e inversión en proyectos con FNCE que no tengan producción nacional, consagrados por la Ley 1715 de 2014. Los bienes y servicios objeto de los beneficios fiscales y arancelarios de la Ley 1715 de 2014, se enuncian en una lista que fue publicada en la página web de la UPME, susceptible de ser actualizada o ampliada a solicitud de los interesados. La norma también determinó el procedimiento para solicitar la certificación de la UPME que avala la documentación con la cual se inicia el trámite de solicitud de Certificado de Beneficio Ambiental para acceder a los beneficios la cual tendrá una vigencia de 18 meses renovables por una sola vez.