Gobierno firma decreto
Principales modificaciones realizadas al régimen de zonas francas
Incentivar la inversión en Colombia y contar con un régimen franco acorde a las necesidades del mercado son dos de los objetivos que persiguen las recientes modificaciones efectuadas por los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda al Decreto 383 del 2007.
De acuerdo con el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, los cambios incluidos en el decreto modificatorio 4051 del 23 de octubre del 2007 permiten una mayor claridad a la hora de declarar un territorio como zona franca y ponen pisos mínimos en materia de inversión y empleos generados, para utilizar esta figura.
El nuevo régimen, explica Plata, busca focalizar este incentivo en ciertos sectores que generan mayor valor al país y evitar que las zonas francas sean vistas solo como una alternativa para disminuir cargas fiscales.
No obstante, ratifica una tarifa única de impuesto sobre la renta gravable del 15%, a diferencia del 38,5% establecido en el país.
La nueva legislación pretende que en las zonas francas se puedan producir bienes y servicios tanto para el mercado nacional como para el internacional, pero en el primer caso, los productos y servicios deberán pagar el Impuesto de Valor Agregado (IVA).
El decreto 4051 clasifica las zonas francas en tres clases:
- Zonas Francas Permanentes: tienen que ser terrenos de 20 hectáreas de extensión como mínimo, en la que 5 usuarios industriales o de servicios realicen nuevas inversiones, que durante los próximos 5 años sumen por lo menos USD5 millones.
Para que una persona jurídica pueda convertirse en usuario operador, debe acreditar un patrimonio líquido igual o superior a los USD5,5 millones. Es importante tener en cuenta que el mismo dueño de la tierra podrá ser el usuario operador.
De acuerdo con Plata, cualquier empresa cuyos activos sean inferiores a USD100.000 puede ingresar a zonas francas. Esta decisión se tomó con el fin de promover el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (Pyme) exportadoras.
No obstante, cuando una compañía cuente con activos entre USD100.001 y USD1 millón debe generar 20 empleos directos para estar en zona franca.
En el caso de industrias con activos entre USD1 millón y USD6 millones tienen que invertir USD1 millón y generar 30 empleos directos.
Y, finalmente, en el caso de las empresas con activos superiores a los USD6 millones deben invertir USD2,5 millones y generar 50 empleos.
- Zona Franca Especial o Uniempresarial: autoriza a que una sola empresa desarrolle actividades industriales de servicios, agroindustria o bienes en un área determinada, en cualquier parte del país. De acuerdo con el sector al que pertenezca la empresa, las condiciones que debe cumplir pueden variar.
Así, por ejemplo, una compañía dedicada a la agroindustria que desee beneficiarse con el régimen franco especial debe invertir USD16 millones y/o generar 500 nuevos empleos.
En el caso de las empresas de servicios, pueden aplicar a este incentivo aquellas que inviertan entre USD 2 millones y USD10 millones y/o generen 501 empleos directos.
De igual manera, se incluyen las compañías de servicios que inviertan entre USD10 millones y USD20 millones y generen entre 351 y 500 empleos directos o las que inviertan entre USD20 millones y USD32 millones y generen entre 150 y 350 puestos directos de trabajo.
La excepción en el sector de servicios es para las entidades prestadoras de servicios de salud debidamente acreditadas, ya que el nuevo decreto permite que el 50% de la contratación se efectúe bajo una modalidad distinta a la directa.
En cuanto a las empresas de bienes, estas pueden convertirse en zona franca especial si invierten USD32 millones y generan 150 empleos directos. Sin embargo, por cada USD5 millones de inversión adicional, la compañía tiene la opción de reducir 15 puestos de trabajo, hasta llegar al piso de la norma, para el caso de empresas generadoras de bienes industriales es de 50 empleos directos.
Vale la pena resaltar que en el caso de las zonas francas especiales de bienes o servicios el decreto exige el mantenimiento de por lo menos el 90% de los puestos de trabajo que se generen.
Por su parte, las sociedades portuarias que quieran acceder a los beneficios del régimen franco deben invertir como mínimo USD32 millones y generar 20 empleos directos y vincular 50 personas más.
Cuando dentro de la zona franca portuaria opere un puerto privado habilitado como tal, que preste servicios exclusivamente a usuarios industriales, se extiende el incentivo a este, sin que sea necesario cumplir con los anteriores requisitos.
- Zonas Francas Transitorias: se utilizan en la celebración de ferias, exposiciones, congresos y seminarios internacionales, con importancia para la economía y el comercio internacional del país.
Según Plata, el nuevo régimen de zonas francas permite un mayor flujo de inversión extranjera que este año ya llega a los USD4.451 millones y se espera que al finalizar el 2007 se aproxime a los USD8.000 millones.
Para el alto funcionario, prueba de ello es que a la fecha ya existen 20 solicitudes de zonas francas uniempresariales, 50% en el área de servicios y el restante 50% a bienes de capital.
De acuerdo con la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), las principales ventajas de las zonas francas se encuentran:
- Son un instrumento para la creación de empleo y la captación de nuevas inversiones de capital.
- Promueven la competitividad de las regiones donde se establecen.
- Incentivan el desarrollo de procesos altamente productivos y competitivos.
- Promueven y generen economías de escala.
- Simplifican los procedimientos del comercio de bienes y servicios para facilitar su venta.