Venezuela elimina trámite ante Cadivi
Venezuela reduce el tiempo de pago a las importaciones realizadas bajo el convenio Aladi.
Venezuela eliminó el procedimiento temporal de consignación de los documentos (Forma Nº1) ante la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi). La medida, que empezó a regir el pasado 15 de septiembre, reducirá de 90 a 5 días el tiempo de pago de las importaciones realizadas mediante el convenio de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).
De acuerdo con el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Guillermo Plata, es importante que los empresarios tengan en cuenta que la medida adoptada por Cadivi no es retroactiva, por lo que las operaciones que ya habían sido presentadas deberán esperar el trámite correspondiente para que sean desembolsadas.
Colombia y Venezuela, a través de los bancos centrales, acordaron en febrero del 2003 utilizar el sistema de pagos y créditos recíprocos de la Aladi, como mecanismo para el pago de los importadores venezolanos a exportadores colombianos.
Para Diego Rengifo, vicepresidente Técnico de la Asociación Nacional de Comercio Exterior de Colombia (Analdex), la eliminación de la forma N°1 suprimirá prácticamente el tiempo que se demoraba dicho proceso, que en algunas ocasiones alcanzaba 120 días, lo que beneficiará a los exportadores colombianos en el reintegró de las divisas por concepto de exportaciones al vecino país.
Además, en el caso de operaciones por montos inferiores a USD50.000, los pagos se efectuarán en menos de 48 horas.
En el caso de los importadores venezolanos que aún no hayan tramitado la autorización de divisas, podrán realizar el pago a través de su banco corresponsal, siempre y cuando la operación de comercio exterior haya sido realizada bajo la forma de pago Aladi.
El vicepresidente técnico de Analdex recomienda a los exportadores colombianos que tramiten el pago por medio del acuerdo Aladi, es decir, que contacten con su comprador venezolano y le pidan realizar el desembolso del dinero a través del intermediario bancario.
Es importante tener en cuenta que este procedimiento únicamente es aplicable bajo el convenio de pagos de la Aladi que incluye a 12 países: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay y que solo debe ser utilizado para que puedan ingresar al mercado venezolano productos que el Gobierno de esa nación ha considerado como prioritarios.
Precisamente en agosto de este año Venezuela emitió una normativa con el objetivo de flexibilizar los trámites para la importación de productos, subproductos e insumos requeridos para la producción de alimentos, con el fin de contrarrestar la escasez de este tipo de productos en ese mercado.
La norma, publicada en Gaceta Oficial N° 38.853 del 18 de enero del 2008 tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008, gracias a la prórroga establecida a mediados de este año en la Gaceta Oficial N° 38.974 del 16 de julio del 2008.
Adicionalmente, por medio de la Gaceta Oficial N° 38.991 del 11 de agosto del presente año, se determinaron los productos, subproductos e insumos requeridos para la producción de alimentos que gozarán de la flexibilización que da la norma.
Mediante providencia 85 del 30 de enero del 2008, el Gobierno de Venezuela implementó un nuevo proceso a las importaciones realizadas bajo el convenio Aladi (forma N° 1) que consistía en la presentación por parte del importador venezolano de todos los documentos referentes a la importación al Banco Central de Venezuela, que debía a su vez, presentarlos o consignarlos ante Cadivi, para obtener la autorización de divisas.
Luego de obtener esta autorización, el proceso de importación seguía su curso normal, donde el Banco Central de Venezuela realizaba el pago al Banco Central del país correspondiente dentro del convenio de pagos y créditos Aladi y finalmente éste desembolsaba en la divisa correspondiente, el respectivo pago al exportador.
Dicho procedimiento tardaba entre 90 y 120 días, adicionalmente, a partir del mes de febrero, como consecuencia de la implementación de este trámite, Cadivi acumuló muchas solicitudes, lo que conllevo a congestionar el sistema.
A partir del 15 de septiembre, Venezuela eliminó este trámite, favoreciendo a los exportadores bajo el convenio de pagos y créditos de Aladi, regresando al sistema existente en Venezuela antes del 30 de enero de 2008, donde los importadores venezolanos presenta ante su banco en Venezuela el trámite de pago de la importación, y éste solicitaba ante el Banco Central de Venezuela (BCV), la autorización de divisas, el cual realiza por medio del mecanismo de compensación el pago al Banco Central del país del exportador, así el empresario en tiempos de trámite, podrá disponer luego de cinco días del dinero.
La propuesta inicial de integración latinoamericana, conocida como la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC), fue la primera en establecer un Acuerdo de Pagos y Créditos Recíprocos entre los Bancos Centrales de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, con el objeto de lograr una mayor integración económica de las partes y tener un mecanismo que permitiera facilitar el pago de las operaciones de comercio internacional.
El Acuerdo suscrito en México, el 22 de septiembre de 1965, tuvo algunas enmiendas y modificaciones que fueron aprobadas en Jamaica, el 25 de agosto de 1982.
El convenio cubre las operaciones de comercio de bienes, servicios, gastos relacionados con las mismas, operaciones de descuento de documentos. No se incluyen pagos referidos a operaciones financieras puras, es decir, la transferencia de fondos no relacionados con una operación de comercio.