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Arancel Externo Común

Andinos tienen plazo hasta el 20 de julio del 2008, para definir política arancelaria

La Comisión de la Comunidad Andina decidió aplazar por seis meses más la aplicación de una Política Arancelaria Común (PAC). La medida fue proferida mediante la Decisión 679, del 30 de enero del 2008.

Por: Legiscomex.com

Según la Comisión, esta disposición fue tomada teniendo en cuenta que el Grupo de Trabajo de Alto Nivel de Política Arancelaria requiere de un plazo adicional para recomendar una política que incorpore a todos los países miembros de la Comunidad Andina (CAN).

Desde el 1º de agosto del 2007, se encuentran sin vigencia el Arancel Externo Común (AEC) y el Sistema Andino de Franja de Precios para productos agropecuarios, de acuerdo con una decisión tomada el 13 de julio del año pasado por voceros de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

Aunque en ese momento se aseguró que la medida era tan solo por seis meses, todo hacía prever que, en el futuro, no se contaría con un AEC como el que se venía aplicando desde el 31 de enero de 1995.

Precisamente, la Decisión 679 fijó el 20 de julio como nueva fecha límite para definir una política arancelaria común. Esto le permitirá a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú continuar fijando libremente el arancel impuesto a las importaciones provenientes de terceros países, que se realicen durante los próximos seis meses.

No obstante, si Colombia y Ecuador desean efectuar reducciones arancelarias, solo podrán realizarlas de común acuerdo con Bolivia.

Ahora, la CAN espera que el Grupo de Trabajo de Alto Nivel de Política Arancelaria diseñe medidas que puedan ser de fácil cumplimiento para los miembros del bloque comercial y que estén condicionados, por ejemplo, a la existencia de producción regional de ciertos bienes.

Sobre el AEC

El AEC era la tasa arancelaria que hasta el 31 de julio del 2007 aplicaban los miembros del mercado común andino (a excepción de Perú) a las importaciones procedentes de terceros países.

La estructura del AEC tenía como base cuatro niveles arancelarios: 5%, 10%, 15% y 20%, de acuerdo con el grado de elaboración de los productos, entre mayor valor agregado, más alto sería su nivel arancelario.

Sin embargo, el AEC no ha funcionado de manera uniforme para todos los miembros, situación que siempre ha puesto en entredicho la esencia de la unión aduanera, de la que hoy hacen parte Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

En el caso de Ecuador, por ejemplo, se había establecido un régimen especial, en virtud del cual se le permitía a este país mantener una diferencia de cinco puntos con los niveles del AEC a una lista de aproximadamente 990 subpartidas. Excepciones similares también eran aplicadas por Bolivia, Colombia y Venezuela (este último hasta antes de su separación del bloque andino).

Desde el retiro de Venezuela de la CAN, en abril del 2006, el AEC solo funcionaba para Colombia y Ecuador y en menor grado para Bolivia, puesto que Perú nunca participó de este mecanismo.