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Análisis

Actores principales en los procedimientos de entrada en EE UU

De acuerdo a las condiciones actuales, este mercado se está volviendo más atractivo para los productos y servicios colombianos.

Por: Andrés Mauricio Castro*

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¿Cómo es el procedimiento de la entrada de productos por parte de un importador de EE UU? La mercancía llega a través de un transportador comercial contratado por el propietario, el comprador, un empleado autorizado o por un agente de aduana designado por el comprador o el vendedor.

Desde este punto de vista, los oficiales de la aduana y sus empleados no están autorizados para actuar como agentes para los importadores o freight forwarders de la mercancía importada, aunque ellos les pueden dar consejos y asistencia necesaria a los importadores sin experiencia.

Los agentes de aduana, personas jurídicas o firmas registradas por el Servicio de Aduana de EE UU, son las únicas personas autorizadas por las leyes aduaneras de ese país para actuar como agentes de los importadores en las transacciones de los negocios aduaneros. Estos funcionarios, conocidos también como "custom brokers", deben preparar y llenar los registros de aduana, arreglar lo referente al pago de los impuestos exigidos por el producto, tomar los pasos necesarios para liberar la mercancía de la custodia y representar a sus clientes en lo referente a los asuntos aduaneros. Las comisiones por estos servicios pueden variar de acuerdo con el agente de aduana y los servicios prestados.

Cada uno de los productos que entran a EE UU debe estar soportado por una de las formas de evidencia. Cuando el ingreso de la mercancía es hecho por un agente de aduana, este debe contar con un poder que le es otorgado por el cliente.

¿Y si las entradas son hechas por otros? Las entradas también pueden ser hechas por una persona no residente o una empresa extranjera, a través de un agente o representante del exportador en EE UU, un miembro de la sociedad o un empleado de la corporación.

Las condiciones de entrada, si es una compañía con operaciones en EE UU, deben ir registradas por la oficina de aduana. Además, la empresa extranjera debe tener un agente de aduana residente en EE UU y específicamente autorizado para recibir la mercancía en el puerto de entrada en el Estado seleccionado.

Igualmente, la forma de aduana 5291 es la que se utiliza para delegar la operación a un agente, de acuerdo a la sección 514 de la Ley de Tarifas de 1930.

En el contexto americano, el sistema no difiere mucho del colombiano. En Colombia, cuando el monto de la operación supera los USD1.000, la operación de comercio exterior debe ser llevada por una Sociedad de Intermediación Aduanera (SIA) y, para que ella tenga efecto en el manejo y envío de la mercancía, debe poseer un mandato otorgado por la empresa exportadora en la que se le delega la operación.

Para poder delegar la operación a un Custom Broker en EE UU se debe presentar la siguiente información:

  • Certificado de constitución que demuestre la existencia legal de la empresa.

  • Copia de la parte del alcance de la actividad de la organización y su cuadro de dirección.

  • Copia del documento de la persona que delega la autoridad al broker de EE UU para realizar la operación.

    *Este artículo fue elaborado por:

    Andrés Mauricio Castro Figueroa, director de calidad, productividad y comercio exterior de America Consulting Group y coordinador del Centro de Investigación y Desarrollo Empresarial de la Universidad de América (Cinde).