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Incoterms 2010

FAS- Franco al costado del buque

Por: Legiscomex.com

Es utilizado únicamente para transporte marítimo o vías navegables. La responsabilidad del vendedor llega hasta cuando pone la mercancía al costado del buque designado por el comprador y la de este último, empieza de ahí en adelante.

Es importante aclarar el lugar de carga en el puerto de embarque designado, ya que hasta dicho punto el vendedor asume toda la responsabilidad.

Obligaciones del vendedor

  • Suministrar la factura comercial.
  • Obtener la licencia de exportación y demás autorizaciones requeridas, si es necesario.
  • Efectuar el despacho de la exportación.
  • Entregar la mercancía al costado del buque elegido por el comprador en el puerto de embarque designado.
  • Cumplir con la de entrega en la fecha o plazo acordado en el puerto.
  • Asumir los riesgos de pérdida o daño ocasionados a la mercancía hasta que se haya entregado.
  • Responder por todos los costos relativos a la mercancía hasta que haya sido entregada en el punto estipulado.
  • Asumir los costos, si se aplica, de los trámites aduaneros y demás gastos pagaderos de la exportación.
  • Notificar que la mercancía ha sido entregada en el punto pactado y, si es el caso, que el buque no se ha hecho cargo de esta en el plazo acordado.
  • Proporcionar al comprador la prueba de que la mercancía ha sido entregada.
  • Pagar cualquier costo que se derive por inspección, comprobación de calidad y medidas, entre otros, previos al embarque y ordenadas por el país exportador.
  • Suministrar al comprador cualquier información de la mercancía (como los datos relacionados con la seguridad), si este la necesita para su transporte e importación al destino final.
  • Reembolsar los costes y gastos al comprador que se generen por suministrar o ayudar a obtener la información de la mercancía.

  • Obligaciones del comprador

  • Pagar el precio de la mercancía, según el contrato de compraventa.
  • Realizar todos los trámites de importación de la mercancía y su transporte, y asumir los requerimientos aduaneros del país destino.
  • Contratar el transporte desde el puerto de embarque designado.
    Tomar la responsabilidad sobre la mercancía, una vez sea entregada en el punto acordado.
  • Asumir los riesgos y daños de la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de vencimiento pactada para la entrega.
  • Responder por todos los costos relacionados con la mercancía desde el momento que se haya entregado y algunos relativos a la exportación, si así se acordó previamente.
  • Reconocer los costos adicionales que surjan por no realizar las notificaciones, porque el buque designado no llegue a tiempo, deje de recibir carga o no puede hacerse cargo de la mercancía.
  • Realizar todos los trámites de importación de la mercancía y asumir los requerimientos aduaneros del país destino.
  • Notificar al vendedor el nombre del buque, el punto de carga y, si es el caso, la fecha y el plazo acordado.
  • Aceptar la prueba de entrega de la mercancía.
  • Asumir los costos de la inspección previa al embarque, excepto cuando sea ordenada por el país exportador.
  • Reembolsar los costos y gastos al vendedor que se generen por suministrar o ayudar a obtener la información de la mercancía.
  • Suministrar los documentos e información (como los datos relacionados con la seguridad), que el vendedor requiera para la exportación y transporte de la mercancía.