Opinión
Estibas certificadas: evitan problemas en el comercio internacional
Coordinar esfuerzos entre las entidades relacionadas y los empresarios es un imperativo para asegurar que en las importaciones se eliminen o disminuyan los riesgos de efectos nocivos como la introducción y dispersión de plagas.
El comercio internacional cada vez está más ligado a la protección del medio ambiente, pues la tendencia mundial camina hacia el fomento de las operaciones en equilibrio con una adecuada protección de la naturaleza, sin que esto último se pueda convertir en un obstáculo o barrera artificial a la liberalización del intercambio de bienes y servicios.
En ese contexto, el embalaje de madera fabricado en bruto, que incluye la madera de estiba, pero excluye el embalaje de madera procesada, genera riesgos para la introducción y dispersión de plagas que pueden ocasionar daños muy serios a la producción forestal, y por supuesto, al medio ambiente. Esta es una situación que preocupa tanto a exportadores como a importadores.
Por ello, la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria adoptó la “Norma Internacional de Medida Fitosanitaria No. 15” (NIMF No. 15). Esta norma, como parte del programa mundial de políticas y asistencia técnica en materia de cuarentena, que lleva a cabo la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), de acuerdo con Jacques Diouf, director general de la organización, ofrece directrices y recomendaciones para armonizar las medidas fitosanitarias en el ámbito internacional, con el propósito de facilitar el comercio y evitar el uso de medidas injustificadas como obstáculos al comercio.
En Colombia, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), como autoridad encargada de establecer los procedimientos fitosanitarios, técnicos y logísticos que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que apliquen el tratamiento sanitario a los embalajes de madera acordes a las normas internacionales sobre la materia, expidió la Resolución 1079 del 3 de junio del 2004, que reglamenta los procedimientos fitosanitarios aplicados al embalaje de madera utilizado en el comercio internacional.
La resolución establece que cualquier persona dedicada a la producción, comercialización y realización de tratamiento fitosanitario a embalajes de madera debe obtener el registro ICA que autoriza la colocación de la marca o sello, para lo cual se debe agotar un procedimiento señalado en dicha resolución.
El ICA especifica, entre otras, las siguientes plagas que deben ser prevenidas: el nematodo del pino, el cucarrón asiático de cuerno largo y otras plagas de la familia Cerambicidae y Scolytidae, que son peligrosas para la producción forestal y el medio ambiente.
En su disposición final, se estableció un plazo hasta el 31 de diciembre del 2004 para la coordinación con autoridades e instituciones y para la implementación y cumplimiento de la misma. Mediante la Resolución 3294 de diciembre del 2004 se amplió el término hasta el 15 de septiembre del 2005.
Coordinar esfuerzos entre el ICA, los exportadores e importadores y los productores de estibas de madera que cumplan con la normativa internacional es un imperativo para asegurar que en las importaciones de productos se eliminen o disminuyan los riesgos de efectos nocivos como la introducción y dispersión de plagas.
No hacer esfuerzos en ese sentido puede traer graves dificultades para el comercio internacional. Por una parte, puede obligar a las autoridades colombianas a adoptar medidas como la destrucción del embalaje, su tratamiento químico, su reexportación o su retención, con los correspondientes costos que debe asumir el importador.
Por otra parte, el exportador se puede ver enfrentado a situaciones en las que las autoridades encargadas del control sanitario y fitosanitario del país importador adopten medidas similares a las señaladas anteriormente, con los correspondientes costos que debe asumir.
En ese sentido, hay que destacar la importancia de la labor que ha venido desarrollando la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), con el ánimo de promover la coordinación de esfuerzos de todos los sectores para que las exportaciones colombianas eviten los riesgos antes mencionados en el uso de estibas de madera. Igualmente, esta iniciativa cobra más importancia en la etapa final de las negociaciones del tratado de libre comercio (TLC) que negocian los países andinos (Colombia, Ecuador y Perú) con Estados Unidos.
Una labor de promoción del uso adecuado de embalajes y estibas de madera podría ser liderada por la Secretaría General de la Comunidad Andina, entidad que cuenta con la experiencia adecuada en el manejo de normas sanitarias y fitosanitarias, que, hoy en día, no solo involucran el comercio intraregional, sino también, los retos que implica el “regionalismo abierto” al que están avocados los países miembros del Acuerdo de Cartagena.
*Este artículo fue elaborado por:
Marcel Tangarife Torres, socio de la firma Tangarife Torres & Asociados, e-mail: mtangarife@tangarifetorres.com