Colombia, 12 de abril del 2024
Nuevo reglamento técnico de instalaciones eléctricas, RETIE
Colombia, 12 de abril del 2024
La Resolución 40117 del 2024 del Ministerio de Minas y Energía (Minminas) modificó el reglamento técnico de instalaciones eléctricas, RETIE, el cual será aplicable a las instalaciones eléctricas, los productos utilizados en dichas instalaciones y a las personas naturales y/o jurídicas que las intervengan.
Por
Gloria Patricia Gaviria Blanco
Luego de más de 10 años de vigencia de la Resolución 90708 del 2013, el reglamento técnico de instalaciones eléctricas fue actualizado teniendo en cuenta, entre otros aspectos, los avances tecnológicos y el crecimiento de las fuentes no convencionales de energía, incluyendo o adicionando requisitos a productos tales como: paneles solares, aerogeneradores, baterías acumuladoras y cargadores de baterías para vehículos eléctricos.
De otra parte, no se consideró apropiado continuar con los conceptos de equivalencia como alternativa de certificación de conformidad, dado que estos conceptos podían aplicarse a normas técnicas de otros países, de carácter voluntario, que guardaran semejanza con los requisitos obligatorios, lo que podría generar ciertas ventajas para algunos.
En tal sentido, los productos importados sujetos al cumplimiento del RETIE deben disponer para su nacionalización, previo al levante aduanero, de los certificados de conformidad de producto o los certificados expedidos conforme a las alternativas válidas para la expedición de certificación o declaración de conformidad del proveedor, que demuestren el cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos, los cuales serán objeto de verificación en el proceso de importación por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, y de revisión en el proceso de nacionalización por parte de la DIAN.
Adicionalmente, los productores e importadores de bienes y servicios sujetos al cumplimiento de este reglamento técnico, deben estar inscritos en la plataforma de “Registro de Productores e Importadores y Prestadores de Servicio” de la SIC y mantener la información actualizada.
Como medidas transitorias para la certificación de los productos se establecieron las siguientes:
A partir de la entrada en vigencia de la Resolución 40117 del 2024 se pueden otorgar certificados de conformidad de producto bajo el nuevo reglamento técnico, siempre y cuando el organismo emisor del certificado de conformidad cuente con la respectiva acreditación.
Dentro de los 15 meses siguientes al tres de abril del 2024 (fecha de publicación de la Resolución 40117 en el Diario Oficial), se podrán realizar los procesos de otorgamiento, seguimiento y renovación de los certificados de conformidad de producto bajo la Resolución 90708 del 2013 y sus modificaciones. Una vez finalice este periodo, dichos certificados ya no serán válidos.
Los conceptos de equivalencia emitidos bajo la Resolución 90708 del 2013 y sus modificaciones, se entenderán vigentes hasta 15 meses después de la publicación de la Resolución 40117 del 2024 en el Diario Oficial. Una vez finalice este periodo ya no serán válidos.
Asimismo, durante este tiempo no se emitirán nuevos conceptos de equivalencia.
Para los productos incluidos por primera vez en el alcance de la Resolución 40117, el cumplimiento del reglamento técnico podrá demostrarse mediante declaración de conformidad del proveedor. Esta declaración será válida hasta seis meses después que se acredite el segundo organismo evaluador de la conformidad para ese producto.